De acuerdo con el artículo 66 bis del Código del Trabajo, los empleadores tienen la obligación de dejar a sus trabajadores realizarse exámenes preventivos de próstata o mamografías.
La normativa, que podría resultar poco conocida, indica que una vez al año los trabajadores pueden solicitar medio día laboral para realizarse exámenes dichos exámenes, según corresponda, en instituciones públicas o privadas de salud.
El permiso también sirve para quienes tengan que someterse a otros exámenes preventivos, como el papanicolaou (utilizado para detectar el cáncer cérvico-uterino).
Además, en caso de ser necesario, el empleador debe aumentar el tiempo de permiso para considerar traslados desde y hacia el recinto sanitario, condiciones geográficas, de transporte y disponibilidad de equipamiento médico.
Según explica la legislación, los beneficiarios deben cumplir con las siguientes condiciones:
Para ejercer el derecho, el trabajador deberá avisar a su empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes.
Tras la revisión médica, tendrá que mostrar los comprobantes de la atención médica para acreditar la realización del mismo.