Protección de los derechos de niños en emergencias y desastres

04 de Julio 2023 | Publicado por: Diario Concepción
Fotografía: Claudio Guerrero Bolivar

Es especialmente relevante destacar el derecho a la participación de los niños, niñas y adolescentes, ya que en el contexto de las emergencias, su inclusión resulta fundamental.

CLAUDIO E. GUERRERO BOLÍVAR

Unidad de Gestión del Riesgo de Desastres

Fundación Tierra de Esperanza

 

De acuerdo al balance entregado por el Senapred el 25 de junio, se registraron numerosas personas afectadas por la situación de emergencia producto de las lluvias e inundaciones. Entre ellas, se contabilizaron 3.567 personas damnificadas, 9.978 personas aisladas y 1.739 personas albergadas.

Sin embargo, resulta relevante conocer cuántas de estas personas son menores de 18 años, ya que esto nos permitiría responder de manera más efectiva e integral a las necesidades específicas de la población afectada, especialmente de los niños, niñas y adolescentes.

Durante las emergencias y desastres, no toda la población es impactada de la misma manera.

Los niños, niñas y adolescentes son uno de los grupos más vulnerables y, por lo tanto, deben ser considerados en el diseño de la respuesta ante la emergencia, así como en todas las etapas del ciclo de riesgo de desastres.

Esto cobra mayor importancia si consideramos el impacto adicional causado por la pandemia de COVID-19, que interrumpió las clases presenciales durante casi dos años. Es fundamental hacer la pregunta ¿cómo la ley de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia da respuesta a la protección de estos grupos durante emergencias y desastres?.

El artículo 17 de la ley 21.430 establece lo siguiente: “Los derechos de los niños, niñas y adolescentes son progresivos, tanto en la gradualidad que implica su plena consecución, como en la mejora sostenida de su disfrute. El Estado asegurará su efectividad y pleno goce mediante acciones y programas de corto, mediano y largo plazo, los que siempre deberán mejorar el disfrute de los derechos, prohibiéndose su regresividad. En casos de crisis económicas, catástrofes naturales u otras emergencias, se priorizarán los recursos destinados a ellos y ellas.”

En cuanto a la protección de la niñez y adolescencia en emergencias y desastres, la ley establece un conjunto de derechos que deben ser considerados al diseñar acciones de protección, como el derecho a la vida, a la educación, a la salud, a la recreación , a ser escuchados, a la participación, a la información, a la protección contra la violencia, la explotación económica y sexual, al trabajo infantil y a vivir en un ambiente saludable y sostenible.

Es especialmente relevante destacar el derecho a la participación de los niños, niñas y adolescentes, ya que en el contexto de las emergencias, su inclusión resulta fundamental.

Ignorar su participación puede llevar a cabo suposiciones e interpretaciones adultocéntricas sobre las necesidades prioritarias de este grupo, lo cual aumentaría su vulnerabilidad. Por lo tanto, resulta imperativo mejorar la articulación integrada de los organismos encargados en el diseño de la respuesta que se da para este grupo etario de nuestra población.