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El duro escenario de los niños sin matrícula tras ser expulsados de sus colegios

Mohamed El Khatib presentó en la Alianza Francesa su obra Finir en beauté, (”Terminar en belleza”). Esta recibió una gran acogida por parte del público desde su estreno en el Festival de Avignon. Además la propuesta fue reconocida internacionalmente en el marco del Focus Performing Arts de la scène.

Por: Diario Concepción 22 de Julio 2016
Fotografía: imagenPrincipal-4415.jpg

A nivel nacional 1,3 alumnos al día son expulsados de sus establecimientos educacionales, lo que completó en 2015 un total de 490 casos. Así lo dio a conocer el primer informe sobre expulsión de la Superintendencia de Educación.

 

Tania Merino Macchiavello
tania.merino @diarioconcepcion.cl

Ya sea porque no encuentran matrícula o porque quedan repitiendo, lo cierto es que el 27% de los estudiantes que son expulsados de sus colegios pierden el año escolar. En la Región del Bío Bío según cifras aportadas por el superintendente de Educación, Dalton Campos, fueron 24 los alumnos expulsados de sus establecimientos, durante 2015, cifra que ubica al Bío Bío en el quinto lugar entre las con mayor número de casos. 

Una estadística que resulta preocupante, dijo la autoridad, considerando además que el año pasado hubo 61 casos de cancelación de matrícula y que en lo que va corrido de 2016 ya han ingresado 8 nuevas solicitudes de expulsión.

En su primer informe sobre expulsión escolar, la institución analizó 2015, el último año antes de la vigencia de la Ley de Inclusión el 1 de marzo pasado, y se basó en 490 denuncias recibidas en todo el país. La idea, dijo Campos es tener un registro que ayude a enfrentar de mejor manera la nueva legislación en que los establecimientos tendrán la obligación de notificar todos los casos en que el alumno pierda su matrícula. 

En cuanto a los argumentos que tienen los colegios para apartar a los estudiantes, el desglose de las cifras revela que el 62% de las sanciones aplicadas obedece a la acumulación de faltas disciplinarias por problemas de adaptación a las normas de la escuela, como hablar por celular, molestar a compañeros o gritar en la sala, etc.

Además, un 31% se debe a situaciones relacionadas con violencia y riesgo, entre las que predominan la de agresión entre pares y, en menor medida, las de hurto, porte de armas y consumo de marihuana, cigarros y/o fármacos, entre otros, y un 7% por casos de variado origen, como problemas con apoderados.

Campos detalló que en la mayoría de los casos a nivel local, la medida de expulsión ha sido una excesiva e incluso mal aplicada. En 2015, ejemplificó, un niño de kinder fue expulsado de su establecimiento por darle un puntapié a su profesora. 

"En el análisis hecho de los distintos casos detectamos incumplimiento de la normativa, vulneración de derechos y en la gran mayoría desproporción al hecho", señaló.

A partir de la Ley de Inclusión las medidas de expulsión y cancelación de matrícula deben ser informadas al ente fiscalizador y "sólo podrán aplicarse cuando sus causales estén claramente descritas en el Reglamento Interno del establecimiento y, además, afecten gravemente la convivencia escolar", como podría ser poner en riesgo la integridad o seguridad de la comunidad educativa.

Agregó que desde 2016 en el evento que una medida esté mal adoptada la superintendencia debe instruir al establecimiento para que cumpla su obligación de mantener al alumno y en el caso de que éste haya sido ya apartado iniciar un proceso administrativo que puede concluir en una sanción o en una multa de hasta 500UTM.

Campos señala que en este sentido también hay casos justificados, como el ocurrido el año pasado cuando se sorprendió a un estudiante con un arma de fuego cargada . "Hay casos graves que sí permiten la expulsión, nuestro servicio de lo que está preocupado es de que cuando se tome conocimiento de un caso de este tipo, se haga un proceso investigativo que sea objetivo y tranparente y que la medida disciplinaria cumpla con la legalidad".

En este sentido, la aplicación de esta sanción, no puede tener carácter arbitrario o discriminatorio y debe ser previamente comunicada a los padres del afectado y acompañada de apoyo pedagógico y psicosocial a los estudiantes afectados.

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