Política

Suprema absuelve a condenado por “Consejo de Guerra” que fue fusilado en 1973

Tribunal acogió recurso de Revisión en caso de trabajador de Fiap Tomé. Jueces sostuvieron que justicia en “tiempos de guerra” igual debe respetar normas del debido proceso.

Por: Pablo Carrasco 17 de Noviembre 2022
Fotografía: Poder Judicial

La Corte Suprema acaba de dictar un fallo donde por primera vez acogió un recurso de revisión en favor de una víctima de la dictadura que fue ejecutada tras ser sometido a un “Consejo de Guerra” por la justicia Naval a fines de 1973 y cuya sentencia fue la muerte por fusilamiento.

Se trata del caso de Irán del Tránsito Calzadilla Romero, obrero textil de la Fiap y militante del Partido Comunista, a quien se le acusó de ser el líder de un plan para atentar contra el orden público en Tomé, hecho que no pudo ser probado y por el cual se le detuvo.

El recurso de revisión es una figura excepcional que permite, una vez que una sentencia está afirme poder, como su nombre lo señala, revisar lo decidido y eventualmente modificarlo. Tiene una serie de requisitos que hacen que sean muy pocos los recursos de este tipo que se tramitan al año en el país.

Y fue el abogado Patricio Robles, en representación de las hermanas de la víctima, quien presentó el escrito y comentó los alcances del fallo.

“Esta causas tiene una declaratoria de sobreseimiento temporal de 2012, asumo que el criterio que tuvo el juez en su momento (Carlos Aldana) es que como esto es una sentencia definitiva (la resolución del Consejo de Guerra que decretó la pena de muerte) hay una presunción de legalidad y el plan que en su momento se trabajó junto a la familia era precisamente buscar anular esta sentencia, dejar injustificada la muerte, apartar esta presunción de legalidad y abrir el flanco civil y el flanco penal para que estos hechos nuevamente sean investigados y se determinen las responsabilidades penales que correspondan”, explicó Robles.

Fue así entonces, agregó el abogado, que “la Corte Suprema acogió el recurso de revisión y declaró nula la sentencia, invalidó la misma, declarando al inocencia de Irán Calzadilla por no lograr acreditarse su participación en los delitos que se le acusó y condenó”.

El debido proceso

En los razonamientos del máximo tribunal del país estuvieron las infracciones al debido proceso que se cometieron en la causa que terminó con la sentencia de muerte de Irán y de otra víctima que también fue fusilada. Es que, pese a estar en un periodo excepcional, tras el golpe de Estado, la justicia castrense y en especial los consejos de guerra creados, de todos modos debían haber cumplido los estándares mínimos de cualquier tribunal. Lo mismo que la fase de investigación de los hechos, con la posibilidad de que los imputados y luego acusados pudieran presentar pruebas en su favor, que fuera posible contrastar, fundamentalmente los métodos utilizados para obtener pruebas y sostener acusaciones.

Toda la prueba incriminatoria se basa en confesiones obtenidas vía tortura, tanto de Irán como de las personas que aparecen como testigos, que en el fondo también fueron inculpados y torturados. El personal naval en el fondo estaba alineado en función de este supuesto plan de sabotaje que tampoco queda del todo acreditado que haya sido así”, sostuvo Robles.

Reapertura

El abogado planteó que lo que corresponde ahora, es que la investigación de la muerte de Irán, se retome, por lo que están preparando un escrito con una serie de diligencia que incluirán cerciorarse de manera científica que los restos que se encuentran en el Cementerio de Tomé son de la víctima, pues su cuerpo fue entregado en una urna sellada, y además, buscar la responsabilidad penal de las personas que conformaron dicho Consejo de Guerra como de quienes actuaron en la etapa de investigación en este caso, algunos ya fallecidos como el Comandante en Jefe de la II Zona Naval de la época, quien en definitiva y teniendo la facultad para rechazar o modificar lo establecido por el Consejo de Guerra, aprobó la aplicación de la máxima pena, es decir, de la muerte por fusilamiento.

“Por lo menos ese es el criterio nuestro, hay sospechas de responsabilidad y eso tiene que determinarse”, cerró el abogado.

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