Política

Fallo en favor de víctima de torturas acoge perspectiva de género

Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo del 22 Juzgado Civil de la capital y elevó la indemnización otorgada. El tribunal señaló en su sentencia que el tipo de apremios que recibió la demandante fue por su condición de mujer.

Por: Pablo Carrasco 22 de Julio 2022
Fotografía: Poder Judicial

Cuarenta y nueve años pasaron para que M.A. pudiera obtener una porción de justicia, porque lamentablemente nada podrá borrar la pesadilla que vivió tras su detención, en octubre de 1973, por funcionarios del Sicar (Servicio de Inteligencia de Carabineros).

La Primera Comisaría de Concepción fue la primera estación de un periodo que se extendió más de dos años. Luego estuvo en el Estadio Regional, la Cárcel de Pública de Hombres de Concepción y de ahí a la Cárcel de Mujeres El Buen Pastor, también en la capital regional.

Tenía 24 años, estudiaba Pedagogía en Historia y Geografía, y en cada uno de esos lugares fue sometida a vejámenes y humillación. Fue violentada sexualmente y fue condenada como culpable en un Consejo de Guerra. Sobrevivió y debió partir al exilio.

De la historia de M.A. se podrían decir muchas más cosas, parte de ella aparece en el Informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación (Informe Valech) que la reconoció como víctima de la actuación de Agentes del Estado.

Parte de su relato también aparece en el escrito que se presentó en febrero de 2019 en una demanda por indemnización de perjuicios contra el Estado de Chile, donde exigió reparación por lo vivido.

El 22 Juzgado Civil de Santiago le dio la razón y su caso llegó a la Corte de Apelaciones de Santiago, la que no sólo ratificó que debía ser reparada, elevando el monto establecido en primera instancia, sino que además el fallo aplicó la perspectiva de género para justificar su razonamiento, algo muy poco habitual hasta ahora, pero que ha sido valorado precisamente por incluir en la valoración de la prueba, este componente.

Perspectiva de Género

Si bien, de manera frecuente se conocen casos donde las víctimas de la dictadura son reconocidas como tal y la justicia falla a su favor, en ellos en general no se visualiza el factor de género como determinante de las vejaciones sufridas. Por eso, para Francisca Millán, socia y abogada de AML Defensa de Mujeres y quien representó a la víctima en su demanda, este fallo es tan importante.

“Se agrega un análisis con perspectiva de género sobre la violación de Derechos Humanos. La Corte sostiene que el género de la víctima -femenino- expresa un tipo de violencia específica, que agudiza la violencia propia de violaciones a DD.HH. en dictadura, pues los agentes del Estado se aprovechan además, de una violencia estructural adicional, que es la de género”, sostuvo Millán, quien agregó que “muestra un avance en el sistema judicial chileno, donde aún estamos muy atrasados respecto a esta materia”.

En la misma línea, el abogado de la Dirección de Equidad de Género y Diversidad (DEGyD) de la Universidad de Concepción, Cristian Sanhueza Laemmermann, también valoró el enfoque del tribunal.

“El fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago marca un hito relevante en materia de reparación de las graves violaciones a los Derechos Humanos ocurridas en dictadura, porque se considera el género de la víctima como un elemento a tener en cuenta para fijar el monto de la indemnización”, comentó.

El profesional agregó que “La Corte aplica adecuadamente la perspectiva de género en su razonamiento al reconocer la particular situación de vulnerabilidad de la víctima en razón de su género y edad, refiriéndose a la violencia sexual como una forma de violencia contra la mujer que constituye tortura. La sentencia no hace más que aplicar los estándares internacionales de derechos humanos en materia de violencia sexual y violencia contra la mujer, lo que sin duda es un avance que puede servir como precedente para otros casos”.

Última instancia

Al Estado de Chile le queda una última instancia para intentar dejar sin efecto lo obrado hasta ahora por los tribunales de primera y segunda instancia y para ello tiene plazo hasta el 2 de agosto próximo para presentar ante la Corte Suprema un Recurso de Casación a través del Consejo de Defensa de Estado (CDE) que lo representa en esta causa.

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