Proyecto que busca obligatoriedad sigue en discusión. Comisión de Constitución recibió 16 indicaciones.
Hace unos meses el debate del voto obligatorio se convirtió en un tema de discusión relevante de cara a la próxima elección presidencial de este 21 de noviembre, que incluye marcar raya para definir diputados, senadores y consejeros regionales.
Y pese a las expectativas de que dicho mecanismo volvería para este fin de año tras la aprobación a la idea de legislar en el Senado, desde la bancada UDI explicaron que esto no sería una realidad.
“Volvió a la Comisión de Constitución con indicaciones. Como no aplica a esta elección y el voto en el Plebiscito de Salida es obligatorio, porque así lo dice la CPR (Constitución)”, informaron a Diario Concepción.
De hecho, el Servel informó también que será “voluntario de acuerdo con el artículo 15 de la Constitución Política de la República de Chile”.
Lo último que se supo sobre la gestión para restituir el voto obligatorio era que hasta el 7 de octubre se recibirían las indicaciones a la iniciativa que se encuentra en la Cámara Alta.
¿Qué tal resultó aquello? De acuerdo a los boletines del Senado, se ingresaron un total de 16.
Uno de los que participó en esta instancia fue el senador por la Región del Biobío, Alejandro Navarro, quien pidió modificar la edad para poder sufragar. “Reemplázase, en el inciso primero del artículo 13, la expresión dieciocho años, por la siguiente: dieciséis”, se lee en el documento.
Posteriormente aparece la indicación del senador Rodrigo Galilea. “Sustitúyese, en el inciso primero, la palabra voluntario por el siguiente texto: obligatorio, para quienes estén inscritos en el registro electoral al que se refiere el artículo 18”.
La senadora Carmen Gloria Aravena solicitó intercarlar algunos incisos. Uno de ellos: “El que incumpla este deber cívico será sancionado con la pérdida de beneficios y contraerá las inhabilidades que señale la ley orgánica constitucional respectiva”.
Se añadió que lo anterior “no será aplicable a los ciudadanos chilenos con residencia en el extranjero”.
El senador Juan Castro hizo ocho indicaciones. Una de ellas solicita que se endurezca las sanciones para aquellos que no voten.
“El ciudadano que no ejerciere la obligación de sufragar estará impedido para recibir préstamos del Estado, de cualquier tipo, durante dos años. Se aplicará, además, la inhabilidad para recibir todo tipo de beneficios económicos estatales, hasta las siguientes elecciones, en las que, ejerciendo su voto, renovará su habilidad para recibir tales beneficios”, escribió.
Su par, Juan Ignacio Latorre, estuvo en la misma línea. “ El ciudadano que no votare será sancionado con la prestación de servicios a la comunidad que tengan relación con la formación cívica y educación en derechos civiles y políticos. El Juzgado de Policía Local competente deberá establecer la forma de cumplimiento de la presente sanción”.
En tanto, el senador Galilea también aportó con un acápite que podría abrir la puerta a la desincripción del Servel para no sufragar por obligación.
“La reforma introducida en el artículo 15 sobre obligatoriedad del voto regirá en el momento de entrar en vigencia las modificaciones que se efectúen en la ley orgánica constitucional respectiva. Con todo, dicha modificación efectuada en la ley orgánica deberá contemplar un período, de al menos seis meses, para que aquellos ciudadanos que al momento de publicarse esta reforma constitucional hayan estado inscritos automáticamente en el registro electoral en conformidad al artículo 18, puedan de forma voluntaria desinscribirse del mismo, a través de un sistema que establecerá dicha ley. Quienes en dicho plazo no se manifiesten, se entenderán incorporados de pleno derecho al nuevo registro electoral al que se refiere el artículo 18”, expresó en el escrito.
Los senadores Ebensperger y Coloma, acotaron algo similar. “Incorporar un plazo no inferior a noventa días para que los ciudadanos que, al momento de entrada en vigencia de la ley, y formen parte del padrón electoral, puedan desafiliarse voluntariamente de forma presencial y electrónica y, asimismo, deberá contemplar un procedimiento expedito y permanente para la inscripción de las personas mayores de 17 que deseen inscribirse”.
Todo lo anterior entonces sería materia de análisis de la Comisión de Constitución del Senado. Por ende, si la normativa no es aprobada y promulgada, el 21 de noviembre se hará bajo el voto voluntario, como ya dijo el Servel.
Lo mismo aplicaría para una eventual segunda vuelta, que se debería desarrollarse el 19 de diciembre. A menos que los parlamentarios aceleren el proceso durante los próximos días.