Seremi de Salud, informó que quienes hayan sido designados vocales, se pueden acercar a los vacunatorios, informando su situación y ser inoculados.
Esta jornada concluye el plazo para la presentación de excusas ante la Junta Electoral correspondiente para que quienes hayan resultado designados vocales de mesa para las elecciones de abril y se vean impedidos de ejercer ese rol por alguna de las causales que contempla la ley.
Como se recordará, dichas causales son: Tener 60 años o más; desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam); mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación; madre o padre de hijos menores de dos años; estar inhabilitado por el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del colegio escrutador; estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros del lugar de la votación; tener que desempeñar en los mismos días y horas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700; estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función; o cumplir labores en establecimientos hospitalarios.
Cabe destacar que las personas que no se hayan excusado y no concurran a desempeñar su función de vocal de mesa incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va desde 2 a 8 UTM, según el artículo 151 de la Ley Nº 18.700.
Respecto al proceso de vacunación al que podrán acceder los vocales de mesa, el seremi de Salud, Héctor Muñoz, explicó que ante la posibilidad de que a muchos no les llegue la carta donde se comunica que tendrán que ejercer dicha función, de todas maneras “pueden acceder a cualquiera de los locales de vacunación presentes en la Región”, informando su condición, pues ella será verificada en cada vacunatorio, a través de la página web del Servicio Electoral (Servel).