¿Es viable en Chile una ley que prohíba a familiares de autoridades trabajar en el Estado?
09 de Febrero 2018 | Publicado por: Marcelo Castro
Fue una de las medidas que dio a conocer el presidente de Argentina, Mauricio Macri para disminuir el gasto en el aparato estatal, y de paso, eliminar a los vapuleados “ñoquis”.
Es común que al caminar por las calles de Buenos Aires, se escuchen términos políticos que para a los chilenos les resultan ajenos. Uno de ellos es “ñoquis”, que se usa para llamar a todos aquellos trabajadores del Estado que cobran un sueldo, pero que no trabajan ningún día.
De acuerdo a cifras que maneja el gobierno de Mauricio Macri, a 2016, el 18% de la planta total de trabajadores del Estado Nacional Argentino correspondían a los denominados “ñoquis”. Esto, sumado a una economía complicada tras los gobiernos kirchneristas, tienen al Gobierno en una fuerte polémica con un decreto que pretende eliminar 1.500 puestos de trabajo en el Estado, que representan cerca del 25% de la planta total de funcionarios.
En esta reducción también se considera que la paritaria, o reajuste salarial negociado con el Estado, sea para este año de 0% y la prohibición de que los familiares de funcionarios de los Ministerios y Direcciones de primera línea puedan tener familiares trabajando en el aparato público. Estas últimas han generado la molestia generalizada entre ministros y gobernadores provinciales.
Según el decreto que fue publicado el pasado 30 de enero, “no podrán efectuarse designaciones de personas, bajo cualquier modalidad, en todo el Sector Público Nacional, que tengan algún vínculo de parentesco tanto en línea recta como en línea colateral hasta el segundo grado, con el Presidente y Vicepresidente de la Nación, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y demás funcionarios con rango y jerarquía de Ministro, quedando incluidos el cónyuge y la Unión Convivencial”.
El presidente trasandino, Mauricio Macri, manifestó que “el Gobierno asumió el compromiso de continuar mejorando la institucionalidad, la integridad y la transparencia de todas las políticas públicas que lleva adelante. Han transcurridos dos años de gestión, y efectuado un reordenamiento administrativo que ha permitido mejorar la gestión global del Estado Nacional, resulta ahora necesario adecuar nuevos criterios que sean aplicables al régimen de designaciones bajo cualquier modalidad de funcionarios públicos”.
Los familiares de los ministros que trabajan en el Estado tienen hasta el próximo 28 de febrero para abandonar sus funciones.
¿Y en Chile?
En nuestro país ya se aplica una normativa que rige la contratación de familiares por parte de funcionarios públicos.
La ley de probidad establece que “quienes desempeñan funciones públicas tienen prohibido intervenir en los asuntos en que tengan interés las siguientes personas; él mismo; su cónyuge; sus parientes consanguíneos hasta el tercer grado inclusive (o sea, se incluye la relación abuelo-nieto o entre hermanos(as), pero no la que existe entre dos primos(as) hermanos(as), pues éstos(as) son parientes en cuarto grado de consanguinidad); sus parientes por afinidad hasta el segundo grado (p. ej., la nuera o el cuñado) y las personas ligadas a ella por el vínculo de la adopción. La Ley Nº 19.620, sobre adopción de menores, establece que “la adopción confiere al adoptado el estado civil de hijo de los adoptantes, con todos los derechos y deberes recíprocos establecidos en la ley”, por lo que adoptado y adoptante pasan a estar regidos por las normas generales de parentesco”.
Según la intendenta (s), Andrea Muñoz, “Esta normativa incluye la participación al interior del Estado, como la de privilegiar a familiares para que sean proveedores del Estado. Habría que revisar las características del decreto que firmó el presidente Macri y ver cómo lo aplicamos, pero ya existen normas sobre esto y son bien claras”.
¿Y los expertos?
Diario Concepción consultó al abogado y director de Corbiobío, Andrés Cruz, sobre las implicancias que tendría en nuestro país una normativa como la que impulsa el presidente Mauricio Macri.
“Cuando se habla del concepto de probidad, es perfectamente posible vincular la contratación de personal con el objeto de evitar los nepotismos, que finalmente terminan cuestionando la actividad política. Aquí sería aquellos que sean incorporados a modo de pago por favores políticos, sin tener la capacidad para el cargo que desempeña. Distinto sería, que se afectara a un funcionario de carrera, con las competencias necesarias para el cargo, quien pasaría a ser discriminado por su parentesco sanguíneo, pagarían justos por pecadores”, expresó Cruz.
El jurista recordó que la situación que se vive en Argentina es completamente distinta a la realidad de nuestro país. “Acá hay hechos que han ayudado al descrédito de la política, pero no hay punto de comparación con lo que viene ocurriendo hace decenas que años, que viene poniendo en tela de juicio el modelo de Estado que existe, es el alto nivel de corrupción. En Chile no estamos a ese nivel”, concluye.