María Teresa Infante, embajadora y coagente de Chile en la Haya: “En ningún caso la demanda de Bolivia puede entenderse como la apertura de un camino a ceder soberanía”
04 de Febrero 2018 | Publicado por: Javier Cisterna
Durante marzo se llevarán a cabo los alegatos orales en La Haya por la demanda marítima boliviana, allanándose el camino para la resolución final de la corte.
Entre el 19 y el 28 de marzo se llevarán a cabo en La Haya los alegatos orales entre Chile y Bolivia por la demanda marítima altiplánica.
En la instancia, la más vistosa de todo el proceso, ambos equipos jurídicos despuntarán ante los magistrados de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sus principales argumentos.
El marco está dado por la histórica pretensión boliviana de acceder al Océano Pacífico con soberanía, eventualidad para la cual requiere de una cesión territorial por parte de nuestro país.
Dicho deseo fue recogido por el Palacio Quemado en 2013, año en que Evo Morales anunció oficialmente que recurriría al máximo tribunal internacional para demostrar que Chile, a lo largo del Siglo XX, llevó adelante una serie de tratativas bilaterales que nunca llegaron a puerto.
De allí emerge la acción de Bolivia, que pide a los jueces ratificar la persistencia de una incumplida obligación de negociar una salida al mar con soberanía, lo que, de comprobarse, debería desembocar en una nueva instancia, cuyo resultado sea satisfactorio para el país vecino.
Desde Santiago la respuesta fue inmediata y sostenida en el tiempo. El supuesto deber es una construcción de Bolivia. Junto a ello, el círculo asesor que encabeza el ministro Heraldo Muñoz ha reiterado que la apuesta boliviana versa sobre la existencia o no de una obligación de llegar a un acuerdo. La CIJ no discute ni discutirá temas de soberanía.
En Países Bajos, donde está radicada y ejerce como embajadora y coagente del equipo jurídico nacional, María Teresa Infante recalca que la visión de Chile es clara y alineada por los dichos del titular de Relaciones Exteriores, pese a la confusión que logren generar las declaraciones provenientes de La Paz.
En entrevista con Diario Concepción desde La Haya, la diplomática comenta cuáles son las principales líneas argumentales de nuestro país y qué es lo que se verá en marzo próximo, cuando se viva el último hito previo al fallo final de la corte, que se estima llegue dentro del presente año.
– ¿Cuál es el sustento de la demanda boliviana?
– La demanda boliviana, conocida públicamente, se sustenta en la teoría de que Chile se ha comprometido a negociar, que no ha cumplido tal compromiso y que éste significa el otorgamiento de acceso soberano al mar. La demanda de Bolivia comprende entonces la existencia de una obligación, el incumplimiento de esa obligación y que la corte diga que Chile tiene que cumplirla de determinada manera.
– Chile recurre planteando una objeción de competencia de la corte. La Haya en 2015 no le da la razón a nuestro país y se declara competente, pero circunscribe la demanda de Bolivia. ¿Qué significa eso?
– Chile consideró que era pertinente distinguir entre la cuestión que Bolivia planteaba, respecto a la vigencia del tratado de 1904 en cuanto a su carácter fundamental en la relación bilateral. Por eso presentó una excepción preliminar, que fue alegada en 2015 y fallada por la Corte ese año. ¿Qué dijo la Corte? Dijo que el tratado de 1904 no estaba en cuestión por la demanda boliviana. Esto se entiende en el sentido de que la demanda boliviana no puede cuestionar o invalidar lo que es el tratado de 1904, así como su rol jurídico en las relaciones bilaterales. En segundo lugar, la Corte dijo que Bolivia no estaba solicitando el reconocimiento de un derecho y, en ese sentido, el tribunal señaló que solamente iba a abocarse a la cuestión de si había o no una obligación de entrar a una negociación sin un resultado preconstituido.
– Por ello Chile recibe con conformidad el fallo de la excepción preliminar.
– En cuanto a si la Corte decidió en esa oportunidad sobre la existencia de una obligación de nuestro país de entrar y participar en una negociación, cuyo único objetivo sea una cesión de soberanía, la Corte no ha acogido tal posición. Tampoco ha considerado que esté fundada la existencia de una obligación de cualquier tipo. Lo que ha dicho es que debe examinar si existe o no una obligación de negociar como una cuestión de fondo, y sin resultado predeterminado. No ha dicho que respalda la demanda de Bolivia en cuanto a que existe una obligación de negociar, menos aún sobre cuál es el contenido de esa obligación.
– ¿Por qué si la demanda es sobre una eventual obligación de negociar una salida al mar, desde Bolivia se plantea con fuerza la idea de que la corte fallará sobre soberanía territorial?
– Chile ha sostenido y va a continuar sosteniendo que esta demanda, entendida como la Corte lo admitió en 2015 y desde el punto de vista de los antecedentes presentados por las partes, en ningún caso puede entenderse como una demanda que abra camino a una obligación para Chile de ceder territorio soberano.
– ¿Qué va a presentar Chile en los alegatos orales de marzo? ¿Puede conocerse algún elemento sorpresa?
– En los alegatos orales los países no pueden incorporar antecedentes documentales que no hayan sido presentados previamente. Para hacerlo, se debe contar con la anuencia de la Corte y es necesaria la consulta a la otra parte. Desde el punto de vista de los argumentos de fondo, Chile va a hacer énfasis en aquellos aspectos que permiten demostrar que no hay una obligación de negociar que haya surgido en torno a, o en paralelo al tratado de 1904 y con posterioridad a él, y que toda negociación que hubiera tenido lugar en el pasado, o cualquier otro evento que haya ocurrido en el Siglo XX en el cual las dos partes hayan conversado el tema de acceso al mar, nunca esas conversaciones o eventuales negociaciones se llevaron a cabo con la convicción o la intención de que había obligación de realizarlas, menos aún de que esa obligación consistía en un resultado predeterminado.
– Bolivia sin embargo dice que espera incorporar nuevos argumentos en los alegatos orales.
– Antecedentes nuevos no es posible sin que la Corte lo acepte. Se debe consultar a la otra parte además. De conocerse qué elementos nuevos Bolivia podría traer en esta etapa, Chile dará la respuesta que corresponde en ese momento.
– Para Chile, ¿sólo el acuerdo de Charaña en 1975 constituye una negociación explícita?
– Charaña, como está documentado públicamente, es un proceso activo de la historia chileno-boliviana en el cual se dieron pasos de negociación a partir de un encuentro y declaración de los presidentes y que luego prosiguió con una serie de temas. Este proceso pasó por sucesivas etapas a partir de elementos básicos convenidos y considerando los intereses de ambos países. Bolivia, después de un tiempo, estimó que no podía continuar con ese esquema de trabajo. Hubo otros elementos, como la consulta formulada al Perú, que dio como resultado una situación donde no podía haber acuerdo entre los países. Chile no estaba obligado a continuar con una negociación concluida y Bolivia decidió quedar liberada del proceso, rompiendo relaciones diplomáticas.
– ¿Cómo tomó el equipo jurídico la confirmación de su continuidad con Piñera?
– Yo creo que todo el equipo ha recibido esto con agradecimiento y reconocimiento. El trabajo del equipo ha estado orientado al bien común, sin consideración política o de grupos de interés y es nuestra intención que este espíritu se mantenga hacia el futuro, considerando al conjunto de quienes estamos colaborando, los agentes, asesores y el equipo de trabajo que se coordina en Santiago.
– ¿Usted seguirá como embajadora en Países Bajos?
– Los embajadores dependemos de la Presidenta o del Presidente. En mi caso, de la Presidenta Michelle Bachelet hasta el 11 de marzo. He remitido mi carta de renuncia sobre la cual se pronunciará el gobierno, aceptándola o confirmándome.
– ¿Cómo afecta en el proceso el cambio de autoridades?
– No creemos que vaya a presentar dificultades en la relación con la corte y entre las partes. La Corte es muy respetuosa de los cambios políticos en los gobiernos. Ahora asume un nuevo gobierno en Chile, siguiendo un marco normativo democrático; es parte de las reglas del juego constitucionales del país y en el exterior se ha constatado la normalidad en esta transición. Por tanto, los cambios no afectan el proceso.
– ¿Cuáles han sido los principales aprendizajes de Chile, desde la demanda de Perú hasta ahora?
– Primero, el aprendizaje de que un país puede ser demandado en un tribunal internacional existiendo los marcos jurídicos correspondientes, y para eso los países tiene que fortalecer las bases sobre las cuales trabajan para poder contrarrestar los argumentos que otro país puede construir o elaborar. Segundo, desde el punto de vista de equipo de trabajo, la importancia de contar con un núcleo funcional que sea capaz de estudiar y conducir diversos casos y que comprenda elementos administrativos y otros de procedimiento, facultándola para abordar una demanda internacional, como demandado o demandante. Y en tercer lugar, la importancia del respaldo político de todos los sectores.