Política

Preocupa que nueva institucionalidad dañe autonomía de Universidades

Por: Tania Merino 15 de Julio 2017
Fotografía: Archivo

Si bien todos coinciden en la necesidad de mayor regulación, la creación de una Subsecretaría y una Superintendencia genera preocupaciones.

La nueva institucionalidad y las modificaciones a la estructura de los planteles que propone el proyecto de Educación Superior y el proyecto sobre universidades estatales  crea controversias, no porque suponga una mayor regulación del sistema de educación superior, cuestión que todos los actores han calificado como necesaria, sino porque lo hace a tal punto que, aseguran desde las instituciones,  afectaría su funcionamiento.  “Es un golpe mortal a la autonomía”, dijo el rector de la Universidad de Chile, Ennio Vivaldi, hace unas semanas.

La nueva institucionalidad contempla la creación de  una Subsecretaría de Educación Superior,  que será el órgano rector del Sistema y cuyo papel será, desde el Ministerio de Educación,  coordinar los órganos del Estado que tienen injerencia en la toma de decisiones para la Educación Superior, además del diseño de las políticas públicas para al área.

Además, estipula la puesta en marcha de una Superintendencia del área, que es precisamente la propuesta que genera mayor resistencia al interior de las casas de estudios. Esto porque las atribuciones con las que cuenta pone una serie de requerimientos que las universidades catalogan como trabas a los planes de desarrollo futuro que pudiera tener un plantel.

Caso local

Para este rol fiscalizador el parlamento ha definido y aprobado sus funciones, atribuciones, operativas, organización, plantas y supervigilancia por parte de la Contraloría. Además, se determina el proceso sancionatorio aplicable en la materia, las infracciones (gravísimas, graves y leves) y sanciones, atenuantes y agravantes de responsabilidad.

Para estos efectos es que se establecen lineamientos que pretenden uniformar a los planteles para una mejor administración desde el Estado y uno de ellos es el párrafo 7 del título IIIdel proyecto de ley que hace referencia exclusiva a las instituciones de educación superior organizadas como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro, que  ha generado la polémica al poner a las instituciones como la UdeC y la Universidad Austral en el mismo grupo de las universidades privadas creadas con posterioridad a 1981, obligándolas a cambiar su estructura jurídica.

Además el artículo 60  limita la vinculación contractual con quienes forman parte de las juntas de socios de estos planteles, lo que también obliga a la UdeC y a la UaCh a cambiar su gobernanza.

Además, el artículo 64 prohibe la delegación de facultades esenciales del órgano de administración superior, en este caso el directorio, en una determinación que afecta, dicen desde el G9 “la administración y autonomía de las Instituciones de Educación Superior”.

Por ejemplo en la UdeC, el directorio otorga mandato al rector para representar a la Universidad en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario hasta una determinada cuantía. En la Universidad Austral, los estatutos tienen normas que otorgan facultades de administración patrimonial, en algunos casos amplias, al rector.

Además se establece responsabilidad solidaria de los integrantes del órgano de administración superior por los perjuicios causados a la institución por actuaciones dolosas o culpables, lo que a juicio de los planteles desincentiva el interés de los socios a  asumir la función de director de una corporación, “en tanto pondría en riesgo su patrimonio personal al ejercer esta función”, explicó el rector Elórtegui en su presentación ante la comisión de Educación durante la tramitación de la iniciativa.

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