Tras las modificaciones sufridas luego de su publicación, ya se estipularon los plazos para realizar el grabado de patentes de los vehículos, de acuerdo a la normativa de tránsito.
La Ley N° 21.601, establece que es obligación “marcar los números de la placa patente y el número de chasis en vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados que circulen en el país, o sea, los cuatro vidrios laterales, más parabrisas, luneta trasera y espejos”.
En este sentido, el reglamento entrega las características que dicho grabado debe tener en los vehículos para transitar por el territorio nacional.
Esta nueva normativa se publicó el 14 de mayo del presente año en el Diario Oficial. De acuerdo a su publicación, los plazos corresponden a los siguientes:
Según la información brindada por ChileAtiende, “no se considerarán vehículos nuevos aquellos vendidos entre el 11 de septiembre de 2023 y hasta el tercer mes contado desde la publicación del decreto en el Diario Oficial”.
Según la información publicada con fecha 14 de mayo, no resulta obligatorio para: