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¿Quiénes pueden recibir el aguinaldo de navidad?

Recordar que en el caso de las empresas, los empleadores no tienen obligación de entregar estos montos.

Por: Equipo Digital 01 de Diciembre 2022
Fotografía: Pixabay

Para Fiestas Patrias y para fin de año, siempre será bienvenida la ayuda a sobrellevar los gastos de las celebraciones, y la mayoría de los empleadores otorgan estos incentivos a sus trabajadores.

En el caso del aguinaldo de Navidad, los montos de dinero y a quiénes van dirigidos sus pagos se encuentran impuestos por Ley, por lo que es una obligación del Estado entregárselo a ciertos trabajadores y pensionados que cumplan con los requisitos.

Pensionados

Para ellos, el aguinaldo de Navidad será de $25.150 y aumentará en $14.209 por cada persona que, al 30 de noviembre de 2022, se tenga acreditada como carga familiar.

Los pensionados beneficiarios son:

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados de Caja de Previsión de Dipreca y Capredena.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.

Trabajadores del sector público

Los funcionarios del sector público que recibirán el aguinaldo serán quienes desempeñen cargos de planta o a contrata en alguno de los siguientes organismos: 

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

La Ley indica que se otorgará un aguinaldo navideño de: $63.062 a quienes tienen una remuneración líquida igual o inferior a $842.592; y de $33.358 a aquellos cuya renta líquida supere tal cantidad.

Recordar que en el caso de las empresas, los empleadores no tienen obligación de entregar estos montos. 

 

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