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El pasado 7 de julio comenzaron las propagandas del Apruebo y el Rechazo, y por ello es que ya comenzó la campaña radial, los insertos en los periódicos y los abundantes mensajes en redes sociales.
De todas maneras, han surgido algunas controversias por actividades -de uno y otro lado- realizadas por algunas municipalidades, es por ello que la Contraloría efectuó un dictamen: “Capacitación en materia del proceso de cambio constitucional” y la “realización de cabildos o encuentros autoconvocados”, no son parte de las atribuciones que corresponden a los municipios.
Por ello el Servel recordó en qué lugares se puede hacer propaganda y en cuáles no: “Sólo podrá realizarse propaganda electoral en los espacios que, de acuerdo a la Ordenanza General de la ley General de Urbanismo y Construcciones, puedan ser calificados como plazas, parques u otros espacios públicos y estén expresamente autorizados por el Servicio Electoral”.
Ahora bien, los espacios en los que no se podrá realizar propaganda electoral son “en bienes de propiedad privada destinados a servicios públicos o localizados en bienes de uso público”: