Convención aprueba Artículo 1 de la nueva Constitución: “Chile es un Estado social y democrático de derecho”
12 de Abril 2022 | Publicado por: Equipo Digital
El pleno de la Convención Constitucional aprobó ayer lunes el primer artículo del borrador de la nueva Constitución Política, el cual deja atrás la definición de Chile como un Estado subsidiario y pasa a ser un “Estado social y democrático de derecho“, además de “plurinacional, intercultural y ecológico“.
En el mismo artículo se identifica al país como una República solidaria, con una democracia paritaria, que reconoce como valores “la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza”.
Según explicó el constituyente Jaime Bassa, “la Constitución vigente establece el principio de subsidiariedad del Estado, es decir, un Estado que puede participar en la economía solo cuando los privados no quieran o no puedan hacerlo. Esto, ya que es un Estado abstencionista y no intervencionista, cuyo rol en la actividad económica se ve limitado a reforzar la actividad de personas y grupos intermedios frente a su desinterés o insuficiencia”.
En cambio, “esta Constitución será la Constitución De Los Derechos. Pondrá su foco y atención en la vida digna de las personas. Hemos trabajado para crear las condiciones necesarias para que en Chile se viva con tranquilidad y humanidad, y para ello, necesitamos un Estado presente en la vida política y social”, señaló.
En la sesión también se aprobó que Chile es un Estado plurilingüe, con el castellano como idioma oficial y los idiomas de los pueblos originarios serán oficiales en sus territorios; y que se mantienen como emblemas nacionales la bandera, el escudo y el himno nacional, reconociendo también los emblemas de los pueblos indígenas.
Artículo 1 del borrador de nueva Constitución:
Artículo 1: Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural y ecológico (inc.1). Se constituye como una República solidaria, su democracia es paritaria y reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza (inc.2). La protección y garantía de los derechos humanos individuales y colectivos son el fundamento del Estado y orientan toda su actividad. Es deber del Estado generar las condiciones necesarias y proveer los bienes y servicios para asegurar el igual goce de los derechos y la integración de las personas en la vida política, económica, social y cultural para su pleno desarrollo (inc.3).