La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización de 410 millones de pesos a nueve familiares de víctimas del tsunami del 27 de febrero de 2010.
El fallo del máximo tribunal estableció la responsabilidad del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (SHOA) y la Oficina Nacional de Emergencias (Onemi), por no actuar como debían ante la catástrofe o por hacerlo tardíamente, según establece la ley.
“La falta de servicio está constituida por una deficiencia o mal funcionamiento del servicio, en relación a la conducta normal que de él se espera, sea que no funcione debiendo hacerlo o que funcione irregular o tardíamente”, señala la resolución.
Para el tribunal, además, “parece evidente que si se hubiera decretado oportunamente la alerta de tsunami emitida por el SHOA, habría existido al menos la posibilidad que las víctimas hubieran podido ser advertidas y hubieran podido evacuar a tiempo, salvando sus vidas”.
Se trata de personas que fallecieron en las localidades de San Antonio (Región de Valparaíso), Constitución y Chanco (Región del Maule). Cada uno de los familiares recibirá una indemnización de entre 30 y 60 millones de pesos.