El Tribunal Constitucional confirmó este jueves que derogó la disposición del Código Sanitario que prohibía las consultas médicas o de tecnólogos al interior de las ópticas.
De esta forma, los locales comerciales de este tipo podrán prescribir y vender lentes en el mismo recinto, sin necesidad de un equipo de salud, lo cual hasta ahora estaba prohibido por ley.
“La norma declarada inconstitucional producía el efecto de impedir que los tecnólogos médicos con mención en oftalmología -también llamados optómetras- pudieran prescribir anteojos en los establecimientos de óptica donde trabajan”, explicó el TC.
Desde la Sociedad Chilena de Oftalmología criticaron la resolución, advirtiendo que “un mal diagnóstico realizado al margen de la red de salud reconocida por la autoridad sanitaria, puede incrementar el riesgo de que patologías de alta prevalencia, como glaucoma y retinopatía diabética, no se detecten a tiempo, con un daño irreparable para miles de chilenos”.
“Lamentamos que se esté abriendo la puerta a la desregularización de las actividades en torno a la salud visual en nuestro país. Esta medida sin dudas tendrá impactos negativos, particularmente en el ámbito de la salud pública”, señaló la entidad en un comunicado.
Desde Ópticas Chile, Marco Antonio Núñez, presidente del gremio, valoró el fallo y afirmó que “es algo absolutamente lógico y, particularmente necesario e importante en Chile, donde la lista más larga en los hospitales públicos pertenece a la especialidad de la oftalmología”.