En condiciones de convertirse en ley de la República quedó el proyecto de ley que modifica la ley 20.854, sobre los derechos de atención preferencial.
La iniciativa plantea que las personas mayores de 60 años y en situación de discapacidad tendrán el derecho a ser atendidos preferente y oportunamente en cualquier prestador de salud.
Dicha atención implica que al momento del ingreso del paciente, el prestador del servicio deberá tomar las siguientes medidas:
II. Si se tratase de la prescripción y dispensación de medicamentos:
a) En la emisión y gestión de la receta médica respectiva.
b) En la entrega de número para la dispensación de medicamentos en la farmacia.
c) En la dispensación de medicamentos en la farmacia.
III. Si se tratase de toma de exámenes o procedimientos médicos más complejos:
a) En la entrega de número para la solicitud de día y hora para su realización.
b) En la asignación de día y hora para su realización.
c) En la posterior asignación prioritaria para la realización de exámenes o procedimientos médicos más complejos.