
El Diario Oficial publicó este viernes la Ley de Respeto Callejero y con esto, comienzan a regir las sanciones las conductas de acoso, sean físicas o verbales, en espacios públicos.
Las sanciones van de multas de 5 a 10 UTM ($241 mil a $483 mil) o de presidio a quienes capten, graben, filmen o fotografíen imágenes, videos o cualquier registro audiovisual, de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona, sin consentimiento.
La ley especifica que tanto el que divulga como el que genera el contenido será sancionado. En caso, de que ambas acciones sean cometidos por la misma persona, las mutas suben a 30 UTM y se le aplicará la pena de presidio menor en su grado medio.
Los actos verbales y gestos también recibirán sanciones, las que irán de 1 a 3 UTM.
Quienes realicen acercamiento indebido, persecuciones o exhibicionismo deberán pagar multas de 5 a 10 UTM o cumplir pena en prisión.
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— Observatorio Contra el Acoso – Chile (@ocacchile) 3 de mayo de 2019