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Sancionan con US$12,4 millones a Cencosud, SMU y Walmart por la llamada “colusión de los pollos”

El monto es inferior a los US$ 81 millones solicitados por la Fiscalía Nacional Económica en contra de las empresas apuntadas. Todas apelarán a la Corte Suprema.

Por: César Herrera 01 de Marzo 2019
Fotografía: Agencia UNO

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (Tdlc) acogió el requerimiento de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) por el caso de colusión de los supermercados en la comercialización de carne de pollo.

De acuerdo al fallo emitido por el Tdlc, la multa en contra de las tres compañías, acusada de coordinarse para fijar precios mínimos de venta del producto avícola entre los años 2008 y 2011, asciende a unos US$ 12,4 millones. No obstante, el monto es inferior a los US$ 81 millones solicitados por la FNE.

En lo específico, el holding ligado a Horst Paulmann recibió una sanción de $3.345 millones (unos US$ 5,14 millones); Walmart de $ 2.752 millones (US$ 4,1 millones) ; y SMU de $1.994 millones (US$ 3 millones).

Si bien las empresas aludidas presentaron un recurso, este fue rechazado por el tribunal.

Apelación a la Corte Suprema

Tras el fallo, Cencosud compartió una declaración pública donde asegura no compartir la decisión del Tdlc, ya que “no ha participado en conductas anticompetitivas, por lo que reclamaremos ante la Corte Suprema para afirmar nuestra inocencia”. “Estamos convencidos que tanto la FNE como el Tdlc calificaron erróneamente los hechos”, añadió.

En la misma línea, desde Walmart anunciaron que llegarán hasta el máximo tribunal para defender su inocencia. “Walmart recurrirá a la Corte Suprema para demostrar que cumple con la normativa en materia de libre competencia y que aquello debiera eximirla de responsabilidad”, aseguran en una declaración pública. “En el transcurso del proceso que lleva a cabo el organismo se han entregado argumentos sólidos, que avalan el correcto actuar de la compañía”, agregaron.

Por su parte, SMU también se sumará al reclamo ante la Corte Suprema para demostrar que no ha sido parte de la colusión. Desde la empresa niegan “rotundamente haber participado de alguna coordinación de precios con nuestros competidores”.

La counsel de Libre Competencia de DLA Piper BAZ|NLD, Carolina Bawlitza, comentó que el fallo es sumamente interesante, ya que es la primera oportunidad en que el tribunal se pronuncia en un caso de práctica concertada del denominado tipo Hub & Spoke, es decir, en que la coordinación entre competidores se da a través de un proveedor común, detalló La Tercera.

Respecto a las pruebas, planteó Bawlitza que “es necesario tener presente que, por el tipo de conducta sancionada, no existe un acuerdo expreso entre competidores, como vimos en otros casos”.

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