La decisión no fue inmediata. Tras escuchar dos días de alegatos, los integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema -cuatro ministros encabezados por Milton Juica- se retiraron el miércoles 21 de junio del Palacio de Tribunales sin haber adoptado un acuerdo respecto del recurso de nulidad presentado por la Defensoría Penal Pública, organismo que optó por acudir ante el máximo tribunal para modificar la condena de 26 años de Mauricio Ortega Ruiz. Los jueces quedaron de estudiar los antecedentes.
El desabollador y pintor, de 42 años, fue condenado el 2 de mayo por el Tribunal Oral de Coyhaique como autor de una brutal agresión en contra de la madre de sus dos hijos y ex conviviente, Nabila Rifo Ruiz, de 28 años, ocurrida la madrugada del 14 de mayo de 2016.
El caso se transformó para la Fiscalía de Aysén, el Ministerio de la Mujer y una serie de agrupaciones pro derechos femeninos en un emblema de la violencia de género: según se estableció en la condena de primera instancia, durante la agresión Ortega no sólo golpeó con piedras en reiteradas ocasiones a Rifo, quien estaba en el suelo, sino que, además, la dejó abandonada en el lugar, ubicado a escasos metros de su hogar, y regresó con un objeto cortopunzante con el que extrajo los globos oculares de la joven, dejándola ciega.
Incluso, la propia Presidenta Michelle Bachelet fue a visitar a Rifo a la Posta Central, en Santiago, donde había sido trasladada debido a la gravedad de sus lesiones, y volvió a reunirse con ella tras el juicio oral, en Coyhaique.
Poco después de dictarse la condena en el Tribunal Penal de Coyhaique -en un voto dividido-, Ortega contraatacó. El 15 de mayo su defensa presentó ante la Corte Suprema un recurso de nulidad para dejar sin efecto el juicio oral y volver a iniciar de cero el caso. De no producirse esta última situación se solicitaba -en su defecto- modificar la condena de 26 años por la agresión a su ex pareja.
El próximo martes, a las 13 horas, se conocerá en Santiago la sentencia. Así lo dejó establecido el ministro Milton Juica cuando terminó la presentación de la defensa de Ortega y la fiscalía. El magistrado, además, tiene por misión redactar el esperado fallo.
La complejidad del caso Rifo y el interés público que ha generado motivaron a Juica y los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm a estudiar durante dos semanas los descargos de la defensa de Ortega y del Ministerio Público, que se opone a modificar la sentencia.
A comienzos de esta semana, la Sala Penal del máximo tribunal volvió a reunirse y -según conocedores de la causa- acordó el futuro del emblemático caso.
Las mismas fuentes señalaron a Reportajes que la Corte Suprema no va a acoger la petición de la defensa del acusado de anular el juicio oral por vicios constitucionales y, por tanto, no ordenará que se realice otro. Sin embargo, hará una modificación sustancial en la condena de primera instancia a Ortega, que en voto de mayoría (un juez estuvo por absolver) decidió condenar al acusado a 541 días por violación de morada (en un episodio de violencia intrafamiliar anterior) y establecer dos condenas adicionales de 12 años y 180 días cada una (que suman casi 25 años).
Una de estas últimas es por el delito de lesiones graves gravísimas, debido a que Ortega mutiló los ojos de su entonces pareja. La segunda condena, en tanto, estableció el delito de “femicidio frustrado”, que contempla las agresiones anteriores a la mutilación de la joven, es decir, cuando-según acreditó la fiscalía- Ortega propinó una serie de golpes con dos piedras en la cabeza y en su cuerpo con la intención de asesinarla.
“El acto de golpear a la víctima en su cabeza en reiteradas oportunidades, al punto de dejarla con lesiones, que de no mediar intervención médica oportuna le hubieran provocado la muerte, constituye una acción objetivamente idónea para provocar la muerte de una persona, revestida de una intencionalidad homicida”, dice en uno de sus párrafos el fallo de primera instancia.
Es precisamente este episodio el que generó mayor discusión entre los supremos que revisaron la solicitud de nulidad de la defensa de Ortega.
De acuerdo a las fuentes consultadas, tras una larga deliberación, los ministros Künsemüller, Brito, Cisternas, Dahm y Juica -con voto disidente de este último- acordaron acoger parcialmente el alegato del condenado, desestimando la figura del femicidio frustrado en lo referido a la agresión previa a la mutilación de los ojos.
De acuerdo a la información recabada por Reportajes, los supremos optaron por recalificar la golpiza inicial de Ortega a Rifo como un delito de lesiones graves en contexto de violencia intrafamiliar, lo que tiene por efecto bajar una de las penas del condenado desde los 12 años y 180 días a una que oscilaría en torno a los cuatro años de cárcel.
Los mismos conocedores del fallo explicaron que los jueces no lograron hacerse la convicción de que esa madrugada del 14 de mayo de 2016 Ortega salió en búsqueda de Rifo para asesinarla.
De esta forma, el acuerdo de la Sala Penal -que está en su fase final de redacción y a la espera de la firma de los ministros para que sea comunicado- implicará una baja en la condena total para Ortega, quien permanece en la cárcel de Coyhaique.
Entre los delitos que el máximo tribunal mantendrá para la ex pareja de Nabila Rifo está la violación de morada, por la que deberá cumplir 541 días, sumado a los 12 años y 180 días que se le habían asignado por la mutilación de los ojos (lesiones graves gravísimas). A ello se agregarán entonces los cuatro años correspondientes a la golpiza originalmente calificada como femicidio frustrado (ahora lesiones graves), dejando a Ortega con una pena que en total bordearía los 18 años. Es decir, ocho años menos de lo dictaminado en Coyhaique.
Ortega lleva más de un año en prisión preventiva, período que se reducirá de su condena final luego de la decisión -inapelable- de la Suprema.