Educar para convivir

29 de Noviembre 2024 | Publicado por: Diario Concepción
Fotografía: Cedida

En ese espacio de discrecionalidad en que operan es posible afectar sustancialmente la efectividad de las normas, y la vida de las personas.

Florencia Alvez Marín
Abogada-Colectiva Justicia en Derechos Humanos

Dedicamos mucho tiempo a planificar políticas públicas, y muy poco a capacitar a quienes las aplican, afirma el profesor estaodunidense Michael Lipsky. Las decisiones individuales y cotidianas afectan sustancialmente la manera en que dichas políticas públicas se llevan a cabo.


El 21 de noviembre pasado, se notificó la sentencia del Caso Huilcamán Paillama Vs. Chile, en la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró responsable al Estado de Chile por vulneraciones de derechos, estableciendo que falló con sesgo discriminatorio, prejuicios y con la idea preconcebida acerca del carácter ilegítimo e ilegal de la Organización Aukiñ Wallmapu Ngulam. Restricciones para acceder a la información de la causa, falta de traducción al Mapudungun para personas que no hablaban español, condena a quienes no habían sido acusados, aplicación de un tipo penal poco claro e impreciso y valoración incompleta y subjetiva de la prueba, son algunas de las inobservancias a las garantías procesales que la CIDH constató. Además, se criminalizó la protesta pacífica realizada por las víctimas, que buscaban demandar y exigir soluciones a los reclamos permanentes del Pueblo Mapuche en contra del Estado de Chile, principalmente en relación a sus tierras.

La CIDH ordenó al Estado de Chile, entre otras reparaciones, a adoptar todas las medidas necesarias para erradicar el uso discriminatorio del derecho penal con base en el origen étnico de las personas, en particular en contra del pueblo Mapuche. Agrega que el Estado deberá disponer capacitaciones a todos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, incluidos fiscales y jueces penales, a fin de asegurar que no sea utilizado el derecho penal como forma para criminalizar conductas protegidas por la Convención Americana.


Si bien el avance en las normas que reconocen y garantizan derechos a los Pueblos Indígenas ha avanzado sustancialmente en Chile en las últimas décadas, la sentencia de la CIDH nos recuerda que tan importante como las normas aprobadas y los derechos reconocidos, son la formación y educación permanente a quienes aplican la ley, pues en ese espacio de discrecionalidad en que operan es posible afectar sustancialmente la efectividad de las normas, y la vida de las personas.