Opinión

Trabajo Decente y 100 años de la Seguridad Social

Así, en 1906 se dicta la primera ley de habitaciones obreras, y posteriormente en 1916 la ley de indemnización de accidentes del trabajo.

Por: Diario Concepción 23 de Octubre 2024
Fotografía: Cedida

Oscar Menares Hernández
Director Regional del Instituto de Seguridad Laboral Biobío

Los seres humanos comparten características fundamentales, como son vivir en sociedad y colaborar mutuamente en el trabajo; desde estas condiciones esenciales se deriva la seguridad social en cuanto expresión material y concreta de una realidad colectiva, esto es la superación del individualismo y la comprensión universal de la necesidad de proteger a quienes por causas naturales o infortunios ven menoscabada sus fuentes de subsistencia.

Fueron precisamente las primeras organizaciones de obreros y artesanos quienes en el siglo XIX se hicieron cargo de generar condiciones de seguridad económica para sus asociados, basados en los principios de la solidaridad y autogestión; más adelante, los grandes movimientos huelguísticos y sus desenlaces dramáticos y luctuosos, pusieron en el centro del debate las condiciones de vida de la clase trabajadora y, con ello, la urgencia de que el Estado, se hiciera responsable de regular y mejorar las condiciones de seguridad a quienes aportaron con su trabajo al bienestar y desarrollo de la sociedad.

Así, en 1906 se dicta la primera ley de habitaciones obreras, y posteriormente en 1916 la ley de indemnización de accidentes del trabajo. Ya en 1924, en un contexto de movilización social, se dicta la Ley de Seguro Obligatorio, se crea la Caja del Seguro Obrero y el Departamento (Ministerio) de Higiene, Asistencia y Previsión Social; avances que no se detienen, ya que en 1952 se creará el Servicio de Seguro Social y en 1968 el Seguro Social Contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, del cual el Instituto de Seguridad Laboral es el único organismo administrador público, brindando cobertura a 1.420.840 trabajadores y trabajadoras en nuestro país y a 118.148 personas en Biobío.

Este seguro, contenido en la Ley N° 16.744, regula también los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, organismos destinados a proteger la seguridad y salud y en el trabajo, y por tanto contributivos hacia un trabajo decente, concepto que engloba la seguridad en el lugar de trabajo, la protección social y la participación en la empresa. Es por ello que a 100 años de la Seguridad Social saludamos a los Comités Paritarios, expresión viva del sentido de ciudadanía en la empresa, comprometiéndonos a acompañarlos con nuestro Programa CIMA y promoviendo su constitución como imperativo ético y normativo de la Seguridad Social.

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