Opinión

El “efecto Bruselas”

Por: Diario Concepción 27 de Julio 2024
Fotografía: Cedida

Pedro Cisterna Gaete
Abogado, LLM y Candidato a Doctor en Derecho, Universidad de Edimburgo-CEE UdeC

Chile está en un proceso de transición socio-ecológica, con efectos del cambio climático ya manifestándose en diversas zonas y recursos del país. También, diversas industrias están migrando hacia energías más limpias y existe una creciente inversión en la explotación de minerales críticos para la transición energética. Diversos fenómenos regulatorios globales influirán directa e indirectamente en el proceso de transición que vive Chile, donde empresas y Estado pueden quedar sometidos a estándares más altos en materia de derechos humanos y cambio climático.

En el anterior sentido, en julio de este año, la Unión Europea aprobó la Directiva sobre debida diligencia corporativa en materia de sustentabilidad (DDDCS). Esta Directiva exige a las empresas cumplir con mejores estándares en sus procesos productivos y en los impactos derivados de sus cadenas de valor. Un aspecto crucial de esta Directiva es su artículo 22, que requiere a las compañías elaborar planes de transición climática para limitar el aumento de la temperatura global a 1.5 grados Celsius y lograr la neutralidad climática para 2050. Además, esta misma disposición señala que estos planes deben considerar las emisiones de alcance 1, 2 y 3, incluyendo toda la cadena de valor, lo que influye directamente en los estándares de los proveedores externos a la Unión Europea.

Para América Latina y el Caribe, especialmente para las empresas vinculadas a compañías europeas, es fundamental seguir cómo esta Directiva y las empresas obligadas diseñarán e implementarán sus planes de transición climática, especialmente en lo que respecta al alcance 3. El “efecto Bruselas”, referido a los impactos transnacionales de las regulaciones de la Unión Europea, también repercute en los actores públicos, presionando a los Estados a considerar estrategias para alinearse con la nueva Directiva. Un camino viable es avanzar en legislaciones domésticas con estándares similares, impulsando a ciertos grupos de empresas a adoptar prácticas de derechos humanos y sustentabilidad ya establecidos en la Unión Europea.

No obstante, un potencial impacto adverso del “efecto Bruselas” y de los estándares incorporados en la DDDCS, es la exclusión en las cadenas de valor de compañías que no puedan cumplir con las exigencias de la Directiva. Para prevenir estas consecuencias excluyentes, es esencial fomentar la colaboración entre proveedores de países en desarrollo y empresas europeas, y el rol de los aparatos públicos al efecto. En este sentido, es crucial que estas reglas, que representan un avance significativo en sí mismo, se implementen con criterios de equidad climática al exigir la reducción de emisiones de alcance 3. El pilar de integración, elemento vital de la Unión Europea, debe también reflejarse en los impactos transnacionales de sus decisiones regulatorias.

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