
Felipe Merino Valenzuela
Ayudante Centro de Estudios Europeos UdeC
Durante esta semana se conmemoró un nuevo 1° de mayo, fecha reconocida internacionalmente como el Día del Trabajador y la Trabajadora.
Esta efeméride encuentra su origen en el siglo XIX, en honor a la memoria de los mártires de Chicago, cinco obreros anarquistas condenados a muerte en 1886 tras su participación en las manifestaciones que reivindicaban el derecho a la jornada laboral de 8 horas en los EE.UU. Uno de ellos, de nombre Albert Parsons, se entregó a las autoridades para acompañar a sus compañeros y compartió su trágica suerte.
En consideración de lo anterior, el 1° de mayo representa una oportunidad para reflexionar sobre los debates actuales en materia de derechos laborales y justicia social, entre los que todavía destaca el debate constitucional, donde existen serios riesgos que debemos tomar en cuenta.
Sobre el punto, el pasado 3 de abril fueron aprobadas por el pleno de la Comisión Experta las primeras normas del borrador de texto de Nueva Constitución. Entre ellas, se encontraban algunas correspondientes a derechos sociales, como la negociación colectiva y la huelga.
Así, el artículo 17 N°19 del borrador dispone que “la Constitución garantiza el derecho a la huelga de los trabajadores (…), el que se ejercerá dentro de la negociación colectiva en el marco de las leyes que la regulen”. Esta norma, que a primera vista puede parecer razonable, dice algo que ni siquiera la actual Constitución de 1980 o el Código del Trabajo expresan: el derecho a la huelga quedará restringido a la negociación colectiva, por lo que una huelga fuera de ella sería ilegal.
En la actualidad, la Corte Suprema ha reconocido que en Chile la huelga es un derecho fundamental amplio que va más allá de la negociación colectiva. En consecuencia, si un conjunto de trabajadores vota una huelga frente a un grave caso de acoso al interior de una empresa o debido a la falta de implementos de seguridad, esta es plenamente legal.
Sin embargo, el texto aprobado por los expertos de la Comisión pone en riesgo este derecho, atentando asimismo contra una serie de compromisos internacionales adquiridos por el Estado de Chile en el marco la OIT.
El texto todavía puede ser objeto de enmiendas y debate. No obstante, que la base de la discusión sea un borrador que representa un importante retroceso para las y los trabajadores es un riesgo que debe ser motivo de preocupación y alerta.