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Opinión

A días de conocer a los gestores de inclusión laboral

Sabemos que, además de existir normas legales, es importante disponer de recursos económicos, crear conciencia, educar, empatizar y sensibilizare en temas vinculados a la inclusión e integración.

Por: Diario Concepción 17 de Octubre 2022
Fotografía: Claudia Hurtado Espinoza

Claudia Hurtado
Abogada

El camino que debe recorrer una persona con discapacidad no es fácil, tampoco está exento de incomprensiones y son bastantes las barreras que todavía, debemos superar para que la inclusión se transforme en integración.
Por ello es que cada medida que se adopte, cada decisión que beneficie la inclusión e integración y, cada norma legal que se aplique, necesita ser reconocida para poder comprender la discapacidad, desde un enfoque de derechos tanto, a nivel nacional e internacional.

La Ley 21.015 de inclusión laboral, es uno de esos avances. En ella se establece la exigencia, en instituciones de 100 o más trabajadores/as, de contratar un 1% de trabajadores/as con discapacidad. En los hechos, ha costado ajustarse a la norma. Las principales dificultades han sido la falta de recursos, la escasa disposición de ajustar presupuesto, contradicciones entre normas legales, escasa capacidad de monitoreo y fiscalización del cumplimiento de la ley.

Por otra parte, se ha cuestionado la efectividad de la ley, por un eventual incentivo de pago de multa. Situación que se ha ido precisando para que se cumpla con el propósito normativo.

Sin embargo, sabemos que, además de existir normas legales, es importante disponer de recursos económicos, crear conciencia, educar, empatizar y sensibilizare en temas vinculados a la inclusión e integración.

En este sentido, reconocemos un avance en vigencia de la Ley 21.275 que modificó el Código del Trabajo y promueve la inclusión en materia laboral, al establecer, que en empresas con más de 100 trabajadores/as, al menos uno/a de ellos que se desempeñe en funciones relacionadas con recursos humanos dentro de las empresas, deberá contar con conocimientos específicos en materias que fomenten la inclusión laboral, de las personas con discapacidad.

Si bien las empresas no deben crear el cargo, lo relevante es el cumplimiento de las funciones que le encarga la ley y las acciones que se deberán implementar.

El 1 de noviembre, fecha que entra en vigencia la ley, podremos conocer los protocolos, políticas y ajustes que permitan incluir en igualdad de oportunidades a personas con discapacidad, podremos conocer la efectividad de una política pública que busca entregar oportunidades a personas con discapacidad y no tenemos ni una duda que ellas, los y las trabajadoras, la sabrán aprovechar.

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