La ejecución de las sentencias penales

05 de Septiembre 2020 | Publicado por: Diario Concepción
Fotografía: Cedida UdeC

Es urgente proponer mejoras al actual sistema de ejecución de penas, más aún para quienes creemos que las condenas penales deben tener no sólo fines retributivos, sino que también preventivos.

Álvaro Araya Fuentes
Profesor del Departamento de Derecho Procesal de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción.

Para cualquier proyecto o actividad, en que se busque cumplir determinados objetivos, se requiere que, tanto las personas que intervengan en él como los procesos empleados para su cumplimiento, sean debidamente monitoreados y sujetos a constante revisión, todo lo cual permite corregir lo que sea necesario para lograr las metas propuestas. Pues bien, las sentencias penales no están ajenas a esta simple regla. Ha quedado de manifiesto en las últimas semanas que uno de los temas pendientes en las grandes transformaciones que ha sufrido el sistema criminal en nuestro país es precisamente el control y seguimiento del cumplimiento de las penas.

Teniendo presente la actual discusión relativa al otorgamiento de la libertad condicional a un condenado, resulta pertinente y urgente proponer mejoras al actual sistema de ejecución de penas, más aún para quienes creemos que las condenas penales deben tener no sólo fines retributivos, sino que también preventivos, siendo indispensable tener un órgano que se dedique de manera exclusiva a la ejecución de estas, tal como ya existen en otros países como Alemania y España, que al igual que Chile forman parte de la Ocde.

Sólo si contamos con un adecuado sistema de ejecución de penas, la ciudadanía sentirá que las resoluciones que se dicten en dichos procedimientos son legítimas. Ahora bien, para lograr dicho fin, es necesario contar con tribunales, jueces e intervinientes especializados, quienes a través de un modelo contradictorio puedan ser debidamente escuchadas en este proceso de ejecución de penas, respetando, por cierto, todas las garantías de estos intervinientes. Además, las decisiones deben ser transparentes, fundadas e impugnables, de manera que cualquier persona pueda entender el porqué de estas decisiones, lo que es propio de un estado democrático de derecho.

Todo lo anterior, correctamente diseñado, se podría lograr a través de un tribunal de ejecución de penas o de vigilancia penitenciaria. La idea eso sí, es que este órgano jurisdiccional descongestione a los órganos dedicados al fondo de las decisiones y, además, este dotado de medios suficientes que permitan tener un estricto control sobre quienes son sometidos, tanto a las penas sustitutivas como a medidas de seguridad, beneficios intracarcelarios o, incluso, aunque no sean penas, algunas salidas alternativas, debiendo tener controles más periódicos e información más precisa de cada caso, lo que permitiría tomar decisiones más justas, respetando las garantías constitucionales de los justiciados y disminuyendo la posibilidad de reincidencia.

Hay que dejar en claro que ningún sistema es perfecto y podemos tomar o no esta propuesta de mejora, cuya discusión lleva en el parlamento más de una década, pero lo que no podemos hacer es seguir ignorando la importancia de la ejecución penal.