Bajo el marco de la dictadura, en 1974, se dictó el Decreto Ley 701, para promover el desarrollo forestal y su industria asociada. Entre 1974 y 1997, el DL 701 beneficio a 952.000 hectáreas y el Estado entregó US$ 369 millones, de los que un 95% fue a grandes y medianos propietarios, y el 5 % restante para pequeños. En 1998 se promulgó la Ley 19.561, que modificó aspectos del DL 701, la que rigió hasta el 2010 y entregó US$ 476 millones, de los que un 49% fue destinado a pequeños propietarios.
El 2011, se modifica este decreto hasta el 2013, que incorpora un barniz superficial de equidad con beneficios para comunidades indígenas, de hecho, del total de US$ 30,9 millones, solo 39% benefició a pequeños propietarios. La última prórroga alcanzaría a US$ 54 millones en 2016-2018, congelada por la colusión del papel higiénico.
Desde la creación del DL 701, el Estado desembolsó US$ 875 millones, alrededor del 70% de los recursos fue en beneficio de grandes y medianos propietarios, y un 23% fue destinado a dos grandes empresas, Cmpc y Arauco, aumentando la concentración de la riqueza.
Entre las razones del Ejecutivo para resucitar el DL 701 fue: "Generar las condiciones políticas y comunicacionales favorables para iniciar una discusión sectorial amplia sobre los contenidos que debe tener una Nueva Ley de Fomento Forestal", argumento falaz, no se necesita prorrogar este anacrónico decreto, para elaborar un nuevo marco legal de fomento forestal.
Dado el triste escenario de hoy, es imperativa una nueva ley de fomento forestal, que remplace al DL 701 y cambie la política pública que hasta ahora, se ha centrado en el crecimiento invasivo de plantaciones de pino y eucaliptus a costa del bosque nativo y la destrucción de los ecosistemas endógenos.
El Decreto 701 ha sido un Caballo de Troya para la sustentabilidad ambiental, la sustitución del bosque nativo por plantaciones productivas en forma progresiva y sostenida, trajo sequía a los suelos y hoy, bajo este macroincendio, han sido desnudadas en toda su dimensión, sus consecuencias depredadoras.
En este futuro marco legal las plantaciones y el bosque nativo se deben tratar como bienes complementarios y no sustitutos, incentivando también el cultivo de vegetación endógena, basada en una mirada ecosistemica y ambiental, que integre la huella hídrica, los asentamientos humanos y el desarrollo humano y social, focalizando el beneficio en la pequeña industria forestal.