¿Tienen derechos los animales?
23 de Mayo 2021 | Publicado por: Diario Concepción
Resolver la diferencia entre la demanda social por los derechos animales con el tema ético o moral asociado no es fácil. No son pocos los que piden consagrar los derechos de los animales a un nivel constitucional. Pero, ¿de qué tipo de derechos estamos conversando?
El creciente aumento del número de animales de compañía, ha involucrado un crecimiento, impensado hace unas décadas, en artículos y servicios para animales, como ropas, residencias, alimentos especializados, servicios médicos, así como un constante bombardeo de información sobre ellos, también ha traído a la discusión aspectos relativos a su estatus moral y si tienen o no derechos.
La relación especista con los animales que impera en nuestra sociedad hace que, generalmente, se los excluya de la esfera moral y se dé por sentado una relación de propiedad con ellos.
Así lo sostiene la doctora en Filosofía Sandra Baquedano, para quien “el especismo es una forma extendida de discriminación basada en la creencia de la superioridad de una especie, en este caso la humana, en detrimento de las demás”. Ello apoyaría, entre otras cosas, la segregación de especies o grupos en condiciones de vulnerabilidad.
La profesora del Departamento de Filosofía de la Universidad de Chile pone como ejemplo, en el caso del especismo contra los animales no humanos, lo que ocurre dentro de un hábitat artificial, como los mataderos, los laboratorios, los zoológicos o los circos, entre otros. “Esta conducta no lleva a evitar, sino más bien induce a propiciar, directa o indirectamente, el sufrimiento evitable en seres no humanos, avalando un gran espectro de prácticas letales innecesarias contra ellos”, señala.
Al respecto, Hernán Neira asevera que “nunca antes, en la historia de la humanidad, había habido tantos millones de individuos animales producidos y torturados industrialmente, durante toda su vida. La crueldad se ha industrializado e intensificado”.
Doctor en Filosofía y profesor de Filosofía Política en la Universidad de Santiago de Chile, a su juicio esta persistencia de una visión antropocéntrica y especista sobre los animales no humanos se debe a que “aprovechamos su fuerza de trabajo, aprovechamos los productos de su cuerpo (lana, leche, huevos), su carne, todo ello con manifiestas expresiones de los animales de querer liberarse de la relación a que los hemos sometido”.
En todos esos casos, señala, “cuando se les abre la puerta o se les deja libre, no regresan. Solo algunos animales domésticos quieren regresar. La visión especista subsiste porque es una ideología, una falsa representación mental que permite auto-justificarse moral y legalmente por la explotación a que sometemos a los animales”.
El gato en la carnicería
Desde la vereda legal, hay diversas posturas a favor del reconocimiento de los derechos de los demás animales. Rosa María de la Torre Torres menciona, especialmente, a Tom Regan, Gary Francione y Martha Nussbaum, quienes teorizan sobre ello.
“Regan apunta que los animales deben ser incluidos en la comunidad jurídica porque son sujetos de una vida, el principal derecho que tienen es a ser tratados con respeto. Por su parte, Francione señala que los animales tienen el derecho primordial a `no ser tratados como cosas´ y Nussbaum, propone la incorporación de la Teoría del Enfoque de las Capacidades como fundamento de los derechos de los animales, es decir, cada individuo de cada especie tiene un conjunto de capacidades que deben ser respetadas y empoderadas, de esto deriva la necesidad de reconocerles derechos”, explica la investigadora titular de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, México.
Fundadora y coordinadora general del Grupo de Investigación en Derecho Animal (GIDA), según de la Torre se podría decir “que los animales tienen derechos. No todos los derechos de los humanos, sino aquellos derechos que derivan de su calidad de sujetos de una vida: el derecho a ser tratado con respeto y no como cosas y el derecho a que se respeten y empoderen las capacidades que conforman lo que Nussbaum delinea como Norma de la Especie”.
Algo similar opina la abogada chilena Macarena Montes Franceschini. “Los animales tienen derechos, porque son individuos sintientes con intereses propios. Se podría decir que actualmente el ordenamiento jurídico reconoce ciertos derechos a los animales, como el derecho a no ser maltratados y otros derechos vinculados con las cinco libertades en materia de bienestar animal. No obstante, los pocos derechos que reconocemos a los animales no aseguran una verdadera protección y respeto hacia ellos”, sostiene.
Investigadora predoctoral de la Universitat Pompeu Fabra, España, Montes asegura que se debe “avanzar hacia el reconocimiento expreso de los animales como sujetos de derechos y reconocerles ciertos derechos básicos como el derecho a la vida, integridad física y síquica y el derecho a la libertad y crear acciones para exigir el cumplimiento de los derechos de los animales”.
Montes, quien también es miembro del UPF-Centre for Animal Ethics, señala que ello no significa que los animales tendrían exactamente los mismos derechos que los humanos. “Ni siquiera todos los humanos tenemos los mismos derechos. Por ejemplo, los niños no tienen los mismos derechos que los adultos, ni los extranjeros tienen los mismos derechos que los residentes de un país”, dice.
Para Neira, en tanto, en Chile la legislación actual es grotesca, tanto desde la técnica legislativa como por las ideas que transmite. “Es necesario modificar la ley 20.380 y sustituir el artículo primero, que sostiene que se debe evitar sufrimientos a los animales, pero evitar solo los sufrimientos `innecesarios´. ¿Y cuáles son los `sufrimientos necesarios´? ¿Aquellos `necesarios´ para que yo me entretenga en un circo, en la cacería, para ofrecer paté a mis amigos y quedar bien con ellos en una comida?”, se pregunta.
A su juicio, “ese artículo primero de la ley 20.380 debe ser sustituido por la afirmación de que los animales son seres sintientes –como se ha hecho en la legislación francesa– y que no están al servicio de los humanos”.
Asimismo, continúa, “el artículo cuarto sostiene, por ejemplo, que el transporte de animales deberá `efectuarse en condiciones que eviten el maltrato´. Eso es muy difícil y muy caro, jamás se ha cumplido con los animales que se llevan al matadero. El Reglamento sobre animales que proveen carne deja al sector privado la elaboración de `guías de buenas prácticas´. O sea, deja al gato el cuidado de la carnicería”.
Trato ético
La marcada subordinación funcional de especies puede verse, según Baquedano, desde los albores de la metafísica occidental en el universo antiguo, donde se encuentran numerosas fuentes que describen esa relación; algo así como que las plantas existen para los animales y los animales para servir al hombre, proporcionarle alimento, vestido, etc.
“Luego, con la religión judeo-cristiana, se situó al ser humano en el centro de la creación, manteniéndose esta gradación biológica entre los seres vivos y adoptándose esta verticalidad valórica de las especies como la postura oficial de la Iglesia. Todos los pecados se referían a acciones dirigidas contra Dios o contra otros hombres, pero nunca contra los animales”, señala.
Para la filósofa, “es cierto que en la Época Moderna el hombre buscó independizarse de una certeza revelada a otra que debía imponérsela el mismo, pero impuso su racionalidad, su valor, su dignidad, su libre albedrío, su ser potencial en contraste con los `limitados´ animales que concibió como seres `inferiores´. Ese trato vejatorio respecto a los demás seres vivos perdura hasta hoy en día”.
En el último tiempo, ciertos movimientos animalistas proponen extender las fronteras de la persona, su dignidad y sus derechos, más allá de la especie humana. Para de la Torre, la incorporación de los demás animales en la esfera de consideración moral y el reconocimiento de un conjunto de derechos que les son propios no implica que se les consideren personas.
“La personalidad es un atributo jurídico de imputación de derechos y obligaciones. El reconocimiento de la dignidad y el valor intrínseco de los animales y de la positivación de sus derechos, no implica necesariamente, ni depende, de su reconocimiento como personas. Es importante deconstruir los términos persona, dignidad y derechos para encontrar la mejor fórmula jurídica para asegurar el respeto a la dignidad de los demás animales”, asevera.
Para Montes, en tanto, “la demanda social que busca el reconocimiento de derechos para los animales está basada en que lo moralmente correcto es reconocer derechos a los animales porque son individuos con la capacidad de sufrir, sentir placer y otras emociones”.
De la Torre propone deslindar que entre lo que usualmente se denomina “animalistas” hay vertientes con diferente fundamento filosófico o ético. “Las posturas del bienestar animal, llamadas bienestaristas, propugnan por un trato ético que evite un sufrimiento extremo o injustificado, pero sin reconocer explícitamente derechos para los demás animales (véase el caso de Bentham y contemporáneamente Peter Singer)”.
En el caso de las posturas deontológicas a favor de los derechos de los animales, dice, su fundamento “es el reconocimiento del valor intrínseco de los demás animales y su correlativa y necesaria protección a través del derecho. Desde esa perspectiva, las demandas sociales por los derechos de los animales no tienen diferencia con el tema ético asociado: los animales valen por sí mismos, por ello son sujetos de una vida y por tanto poseen derechos acordes a su especie”.
Montes considera que muchos animales son personas “porque cumplen con las características que normalmente han sido atribuidas a estas últimas a lo largo de la historia, como la racionalidad, autonomía y autoconciencia. De hecho, existe mucha investigación sobre las capacidades cognitivas de los grandes simios, cetáceos y elefantes”.
Su investigación doctoral se centra en ese tema. “En el ámbito jurídico, la definición de manual establece que una persona es un sujeto de derechos y/u obligaciones, definición que también puede incluir a los animales. No es necesario tener la capacidad de contraer obligaciones para ser persona, porque el derecho ya reconoce a seres que no pueden contraer obligaciones como personas, como ocurre con los bebés y niños”, señala.
El reverso del especismo
Baquedano concuerda con que, en algunos aspectos, los animales tienen cualidades superiores a las del ser humano. Por ejemplo, dice, es conocido que los perros tienen un sentido de la audición mucho más desarrollado, que las aves pueden ser más veloces o que los felinos son capaces de moverse con mayor destreza.
No obstante, señala que el ser humano es un ser racional, lo que nos distingue de otras especies. Eso no resta que aprendamos de los animales. “En ese aprendizaje se juega el que seamos responsables por los seres vivos que están en una situación de desventaja respecto a nuestro especismo, sin poder defenderse de nuestra complicidad” señala la filósofa.
A su juicio, “pensar que los animales fueron creados o están ahí para satisfacer los deseos de nuestra especie, podría equivaler en una simple ecuanimidad lógica a afirmar, por ejemplo, que los seres humanos fuimos creados para aquellos animales que comen carne humana”.
En ese sentido, Neira propone la creación de la figura del “defensor de los animales”. Hasta ahora, dice, “los mismos interesados en investigar en animales deciden si el sufrimiento es `necesario´. ¿Para una nueva crema?”.
La protección de los animales, entonces, pasaría por varios otros aspectos. A juicio del filósofo, “es necesario detener la deforestación, la destrucción de las fuentes de agua, prohibir los animales en los espectáculos, transformar los zoológicos en sanatorios para animales dañados. Es necesario modificar los comités de ética en los laboratorios. Asimismo, hay que actualizar la formación de los veterinarios: en muchas escuelas se enseña a que los animales son factores de producción al servicio de los negocios, no seres sintientes que tienen sus propios fines y su propia vida”.
Baquedano concluye señalando que cada ser vivo contribuye a la interdependencia de la naturaleza. “Lo relevante es no cerrar los ojos ante la existencia del sufrimiento en la vida y ante el misterio del padecimiento, más allá de la especie humana”, dice.
Para ella, en un mundo donde los hombres utilizan a otros para beneficio propio no es fácil que pueda, realmente, llegar a imperar un trato moral respecto de los otros animales. “El hecho es que, como especie, ya estamos comenzando a pagar los costos de nuestros hábitos egoístas y crueles. Es cierto que la vida de ratones colilarga, pitones, leones o cocodrilos pueden ser una amenaza para la integridad física de algunos seres humanos, pero nosotros, en cambio, nos hemos convertido en la amenaza más grande para todo ser vivo. La actual extinción masiva de las especies es el reverso del especismo y su prevención constituye el desafío más radical al que pueda tender toda ética, centrada en el valor o derecho de las especies no humanas”.