Entidades dedicadas a la custodia y vigilancia insisten en que el actual proyecto, que se tramita en el Congreso, debe atender algunos puntos antes de la promulgación de la ley.
En su primer trámite constitucional se encuentra el proyecto de ley que crea el Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados, Chile Cuida. Y si bien desde el Gobierno y parlamentarios locales se manifestaron conformes desde la aprobación unánime de la iniciativa en septiembre para iniciar su tramitación, las agrupaciones regionales indicaron que no están satisfechas.
Desde estas organizaciones se pide que sus requerimientos y sugerencias sean considerados para el documento final. No que sólo se escuchen sus exposiciones, sino que se hagan efectivas en la redacción definitiva, sino aseguran que ley no significará un apoyo real a en sus circunstancias.
Carolina Avello, presidenta y creadora de la Fundación Te Cuido de la Región del Biobío, señaló que lo que refirieron en la intervención en el Congreso el 3 de julio, cuando fueron de las primeras organizaciones invitadas junto a Ciudadanas Cuidando es que no se categorizaron los cuidados. “Se les mencionó a las dos ministras que estaban, que eran la ministra de la Mujer y la ministra de Desarrollo Social, que esta ley no profundiza en el grado de dependencia de a quién se cuida”.
Además, indicó que “debería estar definido si son personas con dependencia severa, una persona con discapacidad, niño, niña o adolescente. Tampoco diferencia el cuidado remunerado con el cuidado de personas no remuneradas, que siempre cuidan de un familiar. Tampoco el desgaste que estas personas tienen, la ley no lo explica”.
Vanessa Rivera participante de la Alianza Global por los Cuidados, iniciativa global de ONU Mujeres, comentó que el rol que ha tenido el Estado chileno ante los cuidados ha sido muy pasivo y que espera que la ley resuelva aquello. Además, la también investigadora en cuidados y cuidadora de su madre con Alzheimer añadió que “creo que falta un mayor desarrollo de la perspectiva de género, especialmente respecto a la visibilización y el reconocimiento de las personas cuidadoras no remuneradas (…) El concepto de cuidado que establece el artículo 2 del proyecto está un poco limitado porque define el cuidado como una necesidad social, que lo es. Habla del efecto positivo que provoca en quien recibe el cuidado. Pero genera beneficios más allá del bienestar de la persona que se cuida”.