Editorial

Respeto para una mejor convivencia vial

El uso de las ciclovías no está permitido para motocicletas u otros vehículos motorizados. De mismo modo que las veredas son destinadas a peatones, no para uso de ciclos, salvo en casos muy específicos.

Por: Editorial Diario Concepción 17 de Octubre 2021
Fotografía: Ciclovias

Con el fin de las restricciones de movilidad, un nuevo tipo de imprudencia vial se ha registrado con demasiada frecuencia en la capital del Biobío. Una práctica que pone en riesgo vidas humanas y desobedece las normas de convivencia y de la legislación de tránsito: hay choferes de motocicletas que están usando las ciclovías como su pista privada. Basta un recorrido por las principales calles, cruces y avenidas de la ciudad para comprobar situaciones en que usuarios de las ciclovías quedan expuestos a ser atropellados.

Fue precisamente para harmonizar el espacio público que entró en vigencia, hace casi tres años, la Ley de Convivencia de Modos, que modificó la antigua Ley de Tránsito. La normativa establece derechos y deberes para ciclistas, automovilistas y peatones, determinando reglas específicas en el uso de la vereda, calzada, zona de adelantamiento, velocidad máxima y ropa reflectante para los ciclistas, entre otras disposiciones. El conjunto de normas apunta a proteger a los usuarios vulnerables, como los peatones y los conductores de los llamados ciclos (bicicletas, scooters, patines, skates, entre otros, con o sin tracción a electricidad).

La ley obliga a que los ciclos transiten por las ciclovías — y no por las veredas — y si no existe la ciclovía se debe utilizar la calzada, siempre por la derecha, a no ser que haya vías exclusivas o se quiera virar a la izquierda. La ciclovía es el “Espacio destinado al uso exclusivo de bicicletas y otros ciclos, que pueden estar segregada física o visualmente, según las características y clasificaciones que se definan mediante reglamento”.

Es decir, el uso de las ciclovías no está permitido para motocicletas u otros vehículos motorizados. Ni transitar, ni estacionar en ella. Tampoco en la acera. Del mismo modo que las veredas son destinadas a peatones, no para uso de ciclos, salvo en casos específicos: adultos en bicicleta acompañando a niños menores de 7 años, menores de 14 años sin acompañante, personas con discapacidad y personas mayores. Tampoco se permite el uso de las ciclovías por los peatones, dice la ley.

Es decir, la normativa de convivencia vial es clara, trae derechos y deberes para ciclistas, peatones y choferes de vehículos motorizados. Es necesario el respeto y el cumplimiento entre todos los modos de transporte que hoy deben compartir la calle.

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