En buena hora se ha instalado en la sociedad, el tema de la igualdad de género, el derecho de cada persona, independientemente de su identidad sexual, a ser tratada del mismo modo frente los organismos y las leyes, a ver protegidos sus derechos en una sociedad inclusiva, es decir que les acepte en igualdad de términos.
El movimiento feminista, que ha tenido un alto impacto, en toda la sociedad chilena, particularmente por situaciones de acoso y violencia, ha puesto en la primera plana una incerteza histórica en cuanto a la igualdad de los géneros, que si bien es cierto se daba por entendida, en la práctica resulta inoperante ya que en muchas circunstancias la injusticia, o la inequidad, es clara y evidente.
El proceso mediante el cual una sociedad cambia en sus modalidades de comportamiento tiene complejidades, además de requerir de espacios temporales, etapas que cumplir, para transformar la cultura predominante, ya que los cambios sorprenden a los integrantes de esa sociedad en diversas fases de sus vidas, los de mayor edad con hábitos considerados propios en su tiempo, que deben ser reemplazados y jóvenes, para quienes el cambio no es nada más que una consecuencia lógica de un mundo que evoluciona con inédita rapidez.
Es entonces indispensable buscar los cambios deseados con mesura, diferenciar entre las conductas ahora inapropiadas de personas que tienen que educarse en los nuevos tratos y que están dispuestas a hacer las modificaciones que corresponda, de quienes persisten en ignorar que la igualdad de los géneros es un derecho inalienable.
En diversas instituciones, ante movimientos prolongados de mucha fuerza, se ha profundizado las propuestas de protocolos frente al acoso y trato indebido, un avance muy deseable, al describir situaciones que de otro modo quedarían sujetas a la interpretación individual y establecer un nuevo trato que ha de progresar en la evolución paulatina de un cambio cultural.
Un riesgo presente es la pérdida de respeto al debido proceso, entender este cambio, como ha ocurrido en dolorosas circunstancias históricas- Salem, la Inquisición, Revolución cultural de Mao- como un nuevo derecho que permite obviar el derecho de cada persona a no ser declarada culpable y ejecutada, sin tener las oportunidades de defenderse establecidas por la ley. Hacer simultánea la acusación con el castigo y someter a los acusados a un proceso que, no importando los resultados que tenga, inocentes o culpables, igualmente resulten irreversiblemente dañados, en su honra, en su dignidad, con efectos tremendos sobre su familia y entorno social.
Justamente, lo que no debe olvidarse es que el debido proceso prohíbe cualquier acto de intimidación, hostigamiento, injerencias indebidas o riesgos injustificados; sin prejuicios, respetando y protegiendo la dignidad humana y defendiendo los derechos humanos de las personas acusadas.
Sin esos resguardos, se puede instalar el temor, por cobardía se puede preferir el silencio, incluso para defender a los presuntamente implicados.
La sociedad está en un momento de inflexión frente a este cambio, la relación entre los géneros ha de evolucionar de manera paulatina, lo que no significa tolerancia a hechos punible para ante los cuales está toda la fuerza de la ley en el debido marco de la justicia. Las dinámicas que se han puesto en marcha son legítimas y necesarias, pero no pueden darse por terminadas en los plazos de la impaciencia.