El derecho a sala cuna universal

26 de Julio 2018 | Publicado por: Editorial Diario Concepción
Fotografía: Contexto | Agencia UNO

Hay una propuesta desde el Ejecutivo, una ley para impulsar la sala cuna universal, la cual tiene como propósito conciliar responsabilidades familiares con el empleo. Aunque tiene obvias connotaciones con las condiciones de empleabilidad de la mujer, contempla igualmente los hombres con hijos menores. El desempleo femenino supera el 8%, su mayor nivel en seis años, debido a una mayor cantidad de mujeres que buscan un trabajo remunerado. Para responder a esta demanda, resulta indispensable derribar algunas barreras que, actualmente, enfrentan las mujeres para acceder al mercado laboral formal, respondiendo al compromiso de permitir que más mujeres tengan acceso al mundo del trabajo, descrito como una de las prioridades del actual gobierno.

Para la cultura del ciudadano común, tan pronto como se pone en marcha una nueva ley, a poco andar, se encuentra modos de sortearla.Así ha pasado con la actual reforma al artículo 203 del Código del Trabajo, que señala que los establecimientos con 20 o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, deben tener salas anexas e independientes del local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos menores de dos años y dejarlos mientras estén en el trabajo.

En consecuencia, al obligar a las empresas con 20 o más mujeres trabajadoras a tener o a pagar una sala cuna, el resultado ha sido limitar su contratación. Las cifras son reveladoras: la actual ley de sala cuna ha llevado a que el 88% de las organizaciones limite su contratación a un máximo de 19, lo cual provoca un aumento de la brecha salarial inicial hasta un 20%. En Chile, tan solo tres de cada diez personas con ingreso autónomo son mujeres.

Para dejar esta situación en el debido contexto, no se trata de una iniciativa novedosa o revolucionaria, sino una forma de integración y de equidad puesta en marcha por los países desarrollados, que comprenden el valor de la protección de los trabajadores y al mismo tiempo de impulsar el trabajo formal de madres y padres, no es un derecho de los niños y niñas, sino de los trabajadores, sin discriminación de género.

Esta propuesta hace el debido reconocimiento a las limitaciones de la pequeñas empresas para responder adecuadamente a las obligaciones de la actual reforma al Código del Trabajo, al considerar que el 80% del empleo lo dan las Pymes, lo que revela que la necesidad de encontrar modos de financiamiento que hagan posible la universalidad de la medida.

En Chile, el 76,5% de las mujeres trabajadoras con hijos e hijas menores de dos años trabaja en empresas que ya proveen sala cuna. Por lo tanto, se trata de cubrir los costos del 23,5% restante, lo que equivale a una cobertura de 26 mil niños adicionales, con un costo aproximado de US$ 43 millones (0,015% del PIB). Posiblemente, con una fórmula mixta, como un subsidio a las empresas menores.

Lo más trascendente es que el problema está puesto sobre la mesa, ante una sociedad consciente de su significado. No hay en realidad argumentos para dilatar una iniciativa que puede corregir una larga y sostenida injusticia, resulta indispensable derribar algunas barreras que hoy enfrentan las mujeres para acceder al mercado laboral formal, lo cual les ha limitado severamente su derecho al trabajo en igualdad de términos, con iguales oportunidades.