Seguramente no es una polémica reciente y tampoco es de ese tipo de asuntos sobre los cuales se consigue buenamente acuerdos. La delgada línea que separa el arte de otras manifestaciones que podrían reclamar tal categoría, se ha planteado en todos los tiempos, entre el arte tradicional o clásico y el vanguardista, por mencionar alguno, o como ocurre actualmente con la comparación o la diferencia, entre graffiti y rayado mural, sobre arte y vandalismo.
Considerado como un exponente de movimientos cultural urbano, el graffiti es por lo general descrito como el resultado de pintar textos abstractos de manera libre en las paredes, una definición lo suficientemente laxa como para incluir prácticamente cualquier cosa. Si reúne las características de arte urbano, asunto también difícil de enmarcar, estas obras creativas y estéticas se pueden convertir en un atractivo visual, como en efecto ocurre.
Así entendido, el graffiti como arte urbano no es un delito en nuestro ordenamiento y por lo mismo, aquellos que lo practican no incurren en delito, ni sus actos pueden ser calificados de vandálicos. Debido a la dificultad de discriminar positivamente, el ciudadano más conservador tiende con frecuencia a criminalizarlos, es inevitable la controversia entre quienes aprueban y quienes limitan esta expresión.
Lamentablemente y de modo progresivo, este tipo de pintura de muros y superficies varias, ha aumentado indiscriminadamente, rayados que han afectado no solo inmuebles particulares, sino también aquellos que tienen el carácter de patrimonio histórico. Se entiende por rayado indiscriminado a las pinturas no autorizadas, o sencillamente rayas y marcas de individuos o grupos, como una suerte de demarcación territorial, que afecta negativamente a la población y al entorno.
Si bien es necesario que los municipios sean los encargados de abrir los espacios para el desarrollo de este arte urbano, no se puede permitir que las ciudades y mucho menos sus bienes patrimoniales, sean dañados. Por supuesto que existe la posibilidad de multar a quienes sean encontrados realizando estas acciones, pero parece haber dificultades para sorprender a los autores y eso mismo hace que se pierda el respeto por la ciudad y los que en ella viven.
Como una de muchas iniciativas parecidas en toda Latinoamérica, nuestros legisladores han propuesto endurecimientos de las penas a los que causen daño en propiedad ajena, por medio de rayados que no cuenten con autorización del propietario o dueño, que de aprobarse deja el problema igualmente irresuelto, por las dificultades en aplicar la ley.
En Australia se ha adoptado otra política; proteger e incentivar el graffiti autorizado, incentivar a los artistas callejeros y fomentar la alianza entre autores, ya que estas obras, bien concebidas, se pueden convertir en un atractivo turístico o un medio para embellecer determinados sectores de la ciudad. Todo lo demás, rayas, pinturas o manchas, es borrado.
No se trata de un asunto simplemente estético, no es solamente el daño resultante a la propiedad privada o colectiva, es que el rayado abusivo de muros y mobiliario urbano delata falta de control, por tanto, de inseguridad, ya que es obvio que hay hechores impunes, un aviso implícito que determinados sectores de la urbe no le pertenecen a las autoridades ni a la ciudadanía, mensaje que resulta completamente inaceptable.