Nuestra especie no ha sido justa con los animales, por mucho que pertenezcamos a un mismo reino, usar sus capacidades en nuestro provecho muchas veces sin retribuir como se debiera. Ha sido necesario legislar para proveerles de algún grado de protección, desde antiguo, al principio por razones más bien relacionadas con la productividad. Una sociedad más consciente ha impulsado, aunque muy tardíamente, derechos de más amplia cobertura para estos antiguos compañeros del hombre.-
En Chile, solo recientemente, en marzo de 2009, se promulga la Ley 20380, cuyo artículo primero indica el establecimiento de normas destinadas “a conocer, proteger y respetar a los animales, como seres vivos y parte de la naturaleza, con el fin de darles un trato adecuado y evitarles sufrimientos innecesarios”.
Como muchas otras leyes, no hubo la voluntad, y por lo mismo, los medios, para hacerla cumplir a cabalidad. Puede ser que haya sido útil en casos extremos, cuando personas se encargaron en caso particulares de obligar mediante denuncias y presiones, que se aplicaran las debidas sanciones para los culpables de maltrato, negligencia o extrema crueldad. En realidad, si esa ley se hubiera utilizado, no sería necesaria otra nueva, como puede apreciar quien se quiera informar sobre su texto.
En esas circunstancias ocurre el episodio de un perro, que habiendo cansado a locatarios de una galería de un barrio santiaguino, fue golpeado cruelmente hasta causarle la muerte y desatar una indignada respuesta popular, acogida políticamente, en vista del clamor de las personas y redactar así una nueva ley, conocida como ley Cholito, en recuerdo de ese infortunado animal.
La nueva ley promulgada hace pocos días, contiene normas sobre tenencia de mascotas y contempla multas, restricción de sacrificio, rescate de animales en emergencias y un registro nacional, al cual los dueños de mascotas deberán inscribirse-con multas de hasta 15 UTM en casos de incumplimiento-, que permitirá identificar a los responsables de los animales ante cualquier problema con la ley.
Se crea un Consejo Nacional de Protección Animal, sin dejar claro que ocurre con el Comité de Bioética Animal descrito en la ley 20.380, el que estará encargado de que se realicen campañas de educación sobre la tenencia responsable de los animales y políticas de esterilización y estará integrado por los ministerios de Interior, Educación, Agricultura, Salud y Hacienda. Se ha dado un plazo de 180 días para disponer de una normativa en esta ley que promueve la adopción masiva de mascotas.
Así como ha ocurrido con la legislación anterior, esta nueva norma parece tener vacíos, como se aprecia en el primer caso en la región, de maltrato por omisión de perros en un domicilio de San Pedro de la Costa que no tiene sanción. Las desprolijidades del trabajo legislativo y la falta de voluntad para aplicar las leyes abren un escenario de desprecio a la ley, en estos casos los que resultan desprotegidos son las mascotas, como lo pueden ser animales usados para labores agrícolas o transporte, animales famélicos o heridos, sobrecargados, castigados a vista y paciencia de una sociedad civilizada.
En este caso se trata de animales, en otros se trata de personas, que resultan desprotegidas por inhibiciones en la aplicación de leyes protectoras políticamente incorrectas, cuando es más redituable cerrar los ojos.