Editorial

Las necesarias calificaciones de los altos cargos del país

Se supone que, además de nacionalidad y ciudadanía, el postulante debe tener un perfil adecuado para el cargo que postula, uno que incluye por supuesto su formación, sus antecedentes, sus competencias probadas para asegurar que tiene lo que se necesita para desempeñarse bien en la tarea que tendrá por delante, gobernar un país, por ejemplo.

Por: Diario Concepción 11 de Mayo 2017

La mejor manera de saber que sucede con las Juntas de Vecinos, es reunirse directamente y personalmente con grupos representativos de esta forma de gobierno local y voluntario, personas que movidas por un interés por actuar en beneficio del bien común deciden someterse al juicio de sus pares y ser elegidos, para trabajar, en bien de todos, ad honorem, concepto este último casi utópico orar las dinámicas actuales.

Es allí donde es posible apreciar las dificultades de esa forma de gestión, cuando se enfrenta la sola buena voluntad con las dificultades técnicas. En todos los proyectos que se presentan hay aspectos de esta naturaleza y en cada emprendimiento trámites que requieren conocimiento de aspectos legales y de procedimiento, que los vecinos, por entusiastas y comprometidos que estén sentirán como barreras insalvables y efectivamente, sin conocimiento de estos procesos, sí lo son.

En una reflexión de un medio de información nacional, se hace una revisión de los requisitos para ser elegido en cualquier cargo de la administración pública. Según lo estipulado por la Constitución, para ser elegido presidente o presidenta de la República de Chile se requiere tener la nacionalidad chilena, tener cumplidos treinta y cinco años y ser ciudadano, condición esta última que obtienen los chilenos al cumplir 18 años que no hayan sido condenados a pena aflictiva.

A mayor abundamiento, como se deduce de lo anterior, la calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieren, según el texto a la letra del artículo 12, del capítulo II de nuestra Carta Magna.

La reflexión mencionada cuestiona la suficiencia de esas calificaciones, si esa magra relación de requisitos son los que garantizan que la persona pueda desempeñarse adecuadamente, al considerar que con esas calificaciones podría igualmente trabajar eficientemente en cualquier parte o sitio del mundo laboral.

La respuesta más inmediata es que no, que se supone que además del listado esquemático de requisitos de nacionalidad y ciudadanía el postulante debe tener un perfil adecuado para el cargo que postula, un perfil que incluye por supuesto su formación, sus antecedentes, sus competencias probadas para asegurar que tiene lo que se necesita para desempeñarse bien en la tarea que tendrá por delante, gobernar un país, por ejemplo.

Si los vecinos consultados, transversalmente coincidieron que no bastaba con las ganas, más crítico debiera ser el escrutinio de las competencias para desempeñarse en el cargo más complejo y honroso de la nación. Si ellos han expuesto la necesidad de conocer de leyes y reglamentos, de saber gestionar proyectos, de tener la capacidad de convocatoria de los más expertos para salir adelante con sus iniciativas, es obvio que los candidatos y candidatos a la presidencia de la República tienen que poner sobre la mesa, además de sus intenciones, sus calificaciones.

La ciudadanía, por otra parte, ya conoce los resultados de los proyectos mal construidos, de las leyes desprolijas y llenas de brechas, de planes cuyas dificultades fueron voluntariosamente ignoradas. Ha llegado la hora de pensar en serio, de evaluar con cuidado las opciones, antes de completar la cruz al lado del nombre de las chilenas y los chilenos que decidan postular a conducir la nave del Estado.

Etiquetas