La cartera del Trabajo también ha realizado inspecciones sobre presuntas acciones de hostigamiento, como de eventual acoso sexual. La CUT pide una adecuada difusión de la nueva normativa que rige desde el 1 de agosto.
El próximo 1 de agosto comienza a regir la “Ley Karin”, la que busca erradicar y prevenir casos de acoso laboral, sexual y de violencia en los espacios de trabajo.
En la antesala a la nueva normativa la Región del Biobío presenta una serie de casos de denuncias y fiscalizaciones.
De acuerdo al Ministerio del Trabajo, durante este año, en la Región se han registrado 75 denuncias por eventual acoso laboral. A eso se suman más de 70 inspecciones sobre hostigamiento al interior de la empresa.
Sandra Quintana, seremi del Trabajo y Previsión Social de Biobío, detalló que “según las estadísticas de registros administrativos de la Dirección del Trabajo, al 31 de mayo de 2024 en la región del Biobío, se han registrado 75 denuncias presuntivas por acoso laboral”.
“En cuanto al acoso sexual, se ha observado una oscilación en la cantidad de denuncias en la Región: En 2022 se registraron 76 denuncias y en 2023 el número subió a 91, mientras que en 2024 bajó a 57. Respecto a las fiscalizaciones que lleva realizadas la Dirección Regional del Trabajo – durante este año-, corresponde a 40 por acoso sexual y 76 por acoso laboral”.
“La Ley Karin, que entra en vigencia el 1 de agosto de este 2024, es tan relevante, ya que establece mecanismos claros y efectivos para prevenir y sancionar el acoso laboral, protegiendo así a las y los trabajadores de conductas abusivas que pueden tener graves repercusiones en su salud mental y emocional. Esta Ley no sólo se enfoca en la protección de las víctimas, sino también en la creación de ambientes laborales respetuosos y seguros”, agregó la seremi.
“Las sanciones, que deben estar incluidas en el Reglamento Interno de la empresa, pueden ser una amonestación verbal o escrita, una multa de hasta el 25% del salario diario, o el despido del empleado o empleada cuando se haya demostrado su culpabilidad como acosador. En este último caso, no se tendrá derecho a indemnización, aplicándose la causal establecida en el artículo 160, número 1, letra b) del Código del Trabajo, que tipifica las conductas de acoso sexual”.
Durante las últimas horas el Gobierno reingresó el reglamento de Ley Karin a la Contraloría General de la República para que esta avance en toma de razón, tras observaciones al documento.
“Entendemos la preocupación por parte de las empresas, de los trabajadores y del mundo laboral en general, respecto de esta nueva normativa, que busca llevar adelante un cambio cultural para tener espacios laborales más sanos y seguros para las y los trabajadores. Las observaciones se corrigieron rápidamente para continuar con la toma de razón por parte de la Contraloría“, dijo la ministra del trabajo, Jeannette Jara.
Por su parte, la seremi Quintana señaló que “se trata de un avance más en el derecho de las trabajadoras y trabajadores donde hay obligaciones de los empleadores a quienes, entre otras cosas, se les exige la elaboración de este protocolo que lo deberán realizar junto con las aseguradoras que tienen contratadas donde la idea es que con esto se puedan erradicar, definitivamente, las conductas de acoso sexual, laboral y violencia en los entornos de trabajo”.
Sandra Quintana, destacó también que “es la primera ley que se implementará en el marco del convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, ya que Chile en 2023 logró la ratificación del convenio lo que marca obligaciones para el país entre las que está precisamente eliminar el acoso y la violencia en el mundo del trabajo tanto público como privado. El objetivo de las medidas establecidas en este dictamen es generar los protocolos para detectar de manera temprana este tipo de conductas y así erradicarlas de cualquier espacio laboral”.
Otro punto relevante para la seremi del Trabajo es que el dictamen de la DT “refuerza las obligaciones de las empresas para prevenir casos como en los entornos laborales del sector salud en que existen situaciones de violencia de parte de terceros, de los usuarios o en casos del sector educación en establecimientos de este tipo o de atención de público en general. Entonces, la idea es contar con medidas de resguardo y adopten las sanciones junto con que se apliquen los protocolos y también es importante aclarar que en esto no importa la cantidad de trabajadores, incluso en empresas con menos de 10 trabajadores, también deben cumplir con esta normativa”.
Paola Zúñiga, presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) de la provincia de Concepción manifestó que “es muy considerar que a pocas semanas de que se empiece a implementar esta nueva Ley Karin es importante mencionar las novedades que trae esta normativa que hoy da a las trabajadoras y trabajadores la seguridad de poder denunciar ante un acoso laboral o sexual, no solo casos reiterativos, sino que solo baste una vez que exista una conducta de acoso para que pueda ser denunciada”.
Otro aspecto relevante para la presidenta de la CUT provinciales fomentar la creación de una cultura organizacional en un ambiente libre de acoso con tratos cordiales que exista el respeto y dignidad a las trabajadoras y trabajadores. “Lo más importante de todo esto es la prevención, donde lo que establece la Ley es contar con protocolos de prevención en los reglamento internos de higiene y seguridad”, destacó.
“Es de vital importancia que esta Ley pueda darse a conocer en todas las categorías de las empresas, sean pequeñas, medianas o grandes y que las personas tengan acceso a tener claridad de la nueva normativa, de su protección, seguridad y el respaldo a las personas que denuncian donde es muy importante que se considere hoy día que esto está penado por la Ley, por lo tanto, no deben tener temor a ser vulnerados al ser acosados, porque lamentablemente por temor, muchas personas no denuncian”, concluyó.