Se trata de personas con contratos vigentes registrados bajo Ley N° 21.015 y/o en el Registro Electrónico Laboral. Esto según datos del Departamento de Estudios de la Dirección del Trabajo. Desde la publicación de la ley en 2017, se han contabilizado 8 mil 474 contratos de este tipo en la Región.
$600 mil 26 es la remuneración imponible promedio mensual, en la Región del Biobío, de trabajadores con contratos vigentes registrados bajo Ley N° 21.015 de inclusión laboral y/o en el Registro Electrónico Laboral.
Por sexo, se aprecia que la remuneración promedio en hombres es de $615 mil 967 pesos y en mujeres es de $572 mil 250. Esto según datos del Departamento de Estudios de la Dirección del Trabajo.
Dentro de la misma estadística, se consigna que actualmente se registran 4 mil 380 contratos vigentes de trabajadores con discapacidad y/o asignatarios de pensión de invalidez registrados bajo la normativa y/o en Registro Laboral. De la misma forma, desde la publicación de la ley en 2017, se han contabilizado 8 mil 474 contratos de este tipo en la Región.
“La Ley N° 21.015, que es la ley de inclusión laboral, establece un mecanismo que incentiva la incorporación de personas con discapacidad, o asignatarias de pensión de invalidez, al mundo laboral. Con esto lo que se busca es garantizar la reserva legal de empleos para un porcentaje de personas que cumplan con esta condición”, explicó la directora regional del Trabajo en Biobío, Roxana Rubio.
En detalle, la normativa aplica para empleadores del sector público y privado, y dispuso su obligatoriedad a partir del 1 de abril de 2018 para las empresas de 200 o más trabajadores, y a partir del 1 de abril de 2019 para empresas que tengan 100 o más trabajadores, estableciendo que las empresas que tengan 100 o más trabajadores deben contratar o mantener contratados al menos el 1% de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en relación al total de trabajadores de la empresa.
Los empleadores del sector privado deben registrar los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad en el sitio de la Dirección del Trabajo sus modificaciones o términos.
También deben realizar una comunicación electrónica durante enero de cada año, reportando información del año anterior, con el número total de trabajadores, número de personas con discapacidad que deben ser contratadas, y número de contratos vigentes que mantienen con personas con discapacidad o asignataria de pensión de invalidez.
En ese mismo aspecto, en 2023 se registraron 281 empresas que realizaron la comunicación electrónica de la Ley de Inclusión Laboral con casa matriz en la Región del Biobío.
Asimismo, según explicó la directora regional del Trabajo, “el artículo 157 del Código del Trabajo establece alternativas para las empresas que por razones fundadas no puedan cumplir total o parcialmente la contratación directa de personas con discapacidad como, por ejemplo, el celebrar contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas personas con discapacidad y efectuar donaciones en dinero a proyectos o programas de asociaciones, corporaciones o fundaciones”.
Por su parte, Fabiola Palominos, coordinadora del Programa Unidad Laboral (Ulab) de Teletón Concepción, se refirió a la normativa y dijo que “es un tremendo paso que damos como sociedad. Sin embargo, una cosa es que exista la ley y otra es cómo las empresas la cumplen. La normativa en sí es buena, pero nosotros como Teletón, en un programa que llevamos como Unidad Laboral, nos cuesta mucho incorporar usuarios nuestros a empresas”.
En esa misma línea, la encargada de la unidad laboral de la institución, agregó que las exigencias de experiencia traban el acceso de personas en situación de discapacidad a algún trabajo. “Una de las mayores complejidades que nos ha pasado a nosotros es que las empresas igual están pidiendo requisitos altos como, por ejemplo, años de experiencias. Es una de las mayores trabas que tenemos, porque Teletón atiende a personas de hasta cierta edad, nosotros atendemos a jóvenes de hasta 20 o 23 años máximo. Tenemos muchos jóvenes que están egresando como profesionales, como técnicos y que salen con todas las ganas de trabajar, pero aparecen ofertas laborales con requisitos muy altos”, comentó.
“Tenemos muchas personas que en situación de discapacidad nunca han tenido la oportunidad de trabajar, entonces cómo se le pide 3 o 5 años de experiencia”, cerró Palominos.
Al respecto del cumplimiento de la ley, la directora del Trabajo en Biobío puntualizó que “nosotros como Dirección Regional del Trabajo hemos podido verificar que los empleadores han recepcionado muy bien las obligaciones que surgen a partir de la aplicación de estas leyes, porque vemos que vemos que existe el cumplimiento que señala la ley. Hasta el momento no tenemos fiscalizaciones que hayan reportado algún incumplimiento o la aplicación de multas por este concepto”.