La entidad mantuvo su dictamen sobre la inconstitucionalidad de la venta de gas a través de las municipalidades. Expertos sostienen que un camino es la aprobación de una ley que la ampare.
La casa edilicia de Chiguayante tomó la iniciativa, de ahí en más cientos de municipios se interesaron en convertirse en distribuidores de gas licuado para sus comunas y así bajar a la mitad los precios establecidos por las tres grandes marcas que dominan el mercado nacional.
No obstante, en noviembre del año pasado la Contraloría General de la República cerró la puerta a la venta de gas de parte de las municipalidades, bajo el argumento de que el “marco normativo vigente no contempla autorización para que la municipalidades puedan vender gas”.
El dictamen se dio luego de que un grupo de alcaldes consultara a Contraloría la viabilidad de la iniciativa, ante lo cual recibieron una respuesta tajante.
Ayer, la Contraloría General de la República volvió a determinar que la venta de “gas popular” es inconstitucional.
El nuevo dictamen emitido se da luego de una presentación realizada por los municipios de Lo Prado, Conchalí y Pelarco quienes preguntaron “si, ante las particulares condiciones que se han producido por el alza de los combustibles, es posible que las entidades edilicias puedan vender gas a los vecinos de sus comunas”.
Al respecto, la entidad señaló que “no obstante la delicada situación planteada por las entidades edilicias respecto del alza de los combustibles, estas solo podrían vender y/o distribuir gas a sus vecinos en la medida que el legislador las autorice expresamente, lo que no acontece en la especie”. Es decir, las Municipalidades no pueden vender o distribuir gas a sus vecinos sin una ley que los autorice.
“Con este dictámen la Contraloría reafirma lo que ha sostenido con anterioridad en reiteradas oportunidades, y es que de acuerdo a la actual Constitución, y a la ley orgánica constitucional de municipalidades, estas solo pueden desarrollar actividades empresariales, o participar en ellas, si una ley de quórum calificado las autoriza, y esta autorización no existe para los efectos de venta o distribución de gas por parte de los municipios, ni tampoco a través de corporaciones, fundaciones o asociaciones municipales”, sostuvo Iván Arcos, abogado socio de Moraga & Cía.
“En consecuencia, lo que las municipalidades debieran hacer, si desean perseverar en brindar una ayuda económica ante las alzas de precios del gas, es intentar hacerlo por una vía que se pueda enmarcar dentro de las atribuciones que la ley les concede, como puede ser dentro de sus facultades de asistencia social, tal como sugirió Contraloría”, explicó Pablo Cifuentes, abogado socio de CBC abogados, sobre las alternativas que deben seguir los municipios para poder lograr la distribución de gas licuado en sus comunas.