Especialista entrega claves de principales impuestos 2022

22 de Febrero 2022 | Publicado por: Edgardo Mora
Fotografía: Isidoro Valenzuela M.

Retención de los honorarios pasa de un 11,5% a un 12,25%. Aclara los pagos por préstamos a tasa cero, exenciones al impuesto verde y cambios para las pymes.

Cristián Maldonado, asesor tributario repasa los aspectos más relevante del presente año tributario 2022 para personas naturales y pymes.

En entrevista con este medio, el especialista explica los cambios que deben enfrentar los contribuyentes abordando al sector exportador e importador, el re avalúo fiscal y el impuesto verde en la compra de vehículos nuevos entre otros.

-¿Cuáles son los cambios más relevantes para el año tributario 2022 para contribuyentes personas naturales y para las pymes?

– Para las pymes que este es el último año de tasa transitoria de Ley N° 21.256 del 10%, pasando al 25% definido por ley N° 21.210, una acuciosa revisión de propuesta de las declaraciones juradas 1879 y 1887, debido a la incorporación de la retención del 3% del préstamo tasa cero, en ambas, y de la 1887 que vendrán con información de la Dirección del Trabajo. Las personas naturales, tendrán retención del préstamo tasa cero, de un 3% de los honorarios y/o de las remuneraciones de trabajadores dependientes, y en la declaración de renta el pago de la primera cuota que es un 10% del préstamo; la tasa de retención de los honorarios pasa de un 11,5% a un 12,25% durante el año 2022, que si se le agrega el 3% anterior queda en 15,25%; la cotización previsional de honorarios parcial en la declaración de renta AT 2022 será de un 37% del total de la cotización.

-¿Cuáles son los impuestos más importantes para quienes exportan e importan?

– Las importaciones están afectas entre otros al pago del derecho ad valorem o arancel aduanero (6% en los países sin acuerdos comerciales), pago del IVA (19%), impuestos adicionales de 15% (Artículos de lujo, Caviar y las armas), 50% (como fuegos artificiales, petardos y similares) y otros impuestos (Bebidas alcohólicas y Tabacos), si las compras son ocasionales, sin carácter comercial y tienen un valor de hasta 30 dólares, quedarán libres del pago de derechos de aduana e IVA. Las exportaciones, por sus facturaciones están exentas de IVA, en caso de servicios en la medida que estén inscritos en el listado de servicio de exportación, y existe recuperación del IVA exportador solo si es un hecho gravado con IVA.

-¿Cómo opera actualmente el impuesto verde en la compra de autos nuevos?

– El objetivo es incentivar el uso de vehículos menos contaminantes, el impuesto se determina por medio de una fórmula que mide los niveles de rendimiento urbano, emisión de óxido de nitrógeno y precio del vehículo, se puede determinar en la página del Servicio de Impuesto Internos (SII) con los datos del vehículo, se expresa en UTM y luego en pesos. No deben pagar el impuesto verde vehículos destinados al transporte de pasajeros o pasajeras, que tengan más de nueve asientos; automóviles destinados a prestar servicios de taxis; tractores, carretillas, automóviles, vehículos a propulsión eléctrica y casas rodantes autopropulsadas; vehículos policiales, blindados, mortuorios y ambulancias, entre otros.

-¿Qué es lo más relevante para el contribuyente del proceso de reavalúo fiscal 2022?

-El reavalúo define el valor fiscal de la propiedad, lo que permite establecer las cuotas de las contribuciones, las que son pagadas en 4 instancias, en los meses de abril, junio, septiembre y noviembre de cada año, que producto del reavalúo podrían aumentar o disminuir el monto de las contribuciones. En el mes de marzo se iniciará la distribución de cartas a contribuyentes con la actualización de valores de avalúos y contribuciones, los que también se publicarán en sii.cl, adicional durante 30 días, los nuevos avalúos serán exhibidos por las municipalidades respectivas, con posterioridad a esto se dará inicio al proceso de consultas y recepción de solicitudes de parte de los contribuyentes con recursos de reposición administrativa en el SII o reclamos ante Tribunal Tributario y Aduanero.

-¿Qué cree que ocurrirá con la demanda del gremio agrícola contra el SII por reavalúo de bienes agrícolas?

-Esta demanda contra el SII se espera sean revisadas acuciosamente considerando que en el proceso de reavalúo de bienes agrícolas se considera que el SII no aplicó la ley, sino que sencillamente usó otros criterios, todo lo anterior considerando que la ley (Artículo N° 4 número 1 letra a) de la ley N° 17.235) es muy clara al señalar que los reavalúos se hacen en función del potencial productivo del suelo actual y no en base a su valor inmobiliario, lo que considerando que se realizó durante periodo de pandemia y todas las limitaciones existentes, se esperaba una disminución de valor, por lo que los agricultores esperan que este sea un argumento suficiente para que la demanda siga un adecuado curso en los tribunales.