Se hace cargo de una realidad que afecta tanto a propietarios particulares como a inversionistas. Desde la Asociación de corredores penquista aplauden la medida.
La idea de agilizar los procedimientos judiciales para que los «arrendatarios rebeldes» puedan devolver los inmuebles a sus dueños en casos en que registren morosidad sostenida o también daños materiales de relevancia.
Ya obtuvo el respaldo unánime de los integrantes de la Comisión de Constitución; que aprobó en general un proyecto en esa línea.
Lo que se busca es incorporar la restitución anticipada de inmuebles en juicios precario y de terminación de arrendamiento y de comodato; y que también contempla un procedimiento monitorio (más simple) para el cobro de rentas.
Uno de sus autores; el diputado Gonzalo Fuenzalida, dijo que existen casos en que arrendatarios deben meses y que cuando los dueños quieren recuperar el inmueble se demora entre un año o un año y medio, y a veces se entregan con millonarias deudas por servicios básicos y daños.
Destacó que al fijarse el actual procedimiento en la justicia penal, la idea es que pueda recuperar rápidamente su propiedad, a lo más en un mes.
Los profesores de derecho Cristian Maturana y Hugo Bott se refirieron ante la comisión a temas procedimentales y a algunas precisiones que se pueden realizar a la iniciativa durante su trámite en particular, en lo relativo al procedimiento monitorio, si se limita el derecho a defensa o no, y a cómo se pueden compatibilizar los distintos procedimientos existentes con los nuevos.
Los “Ocupas”
Uno de los puntos que surgió durante el análisis del proyecto en la primera sesión, ue el de incorporar alguna medida que permita dar solución a la situación de los denominados «ocupas» que habitan casas sin moradores.
En tal sentido; surgió la idea de incorporar una figura conocida como la demanda «innominada» que se ocupa en países como España.
Cabe recordar que la idea matriz o fundamental del proyecto consiste en establecer un procedimiento más rápido para que el arrendador pueda; en los supuestos y con los requisitos que el proyecto establece; recuperar el bien raíz arrendado a lo que se agrega obtener el pago de las sumas que por concepto del contrato de arrendamiento se le adeudan.
En este sentido, el proyecto propone modificar la regulación contemplada en el Código de Procedimiento Civil, con el fin de incorporar una nueva medida precautoria: la restitución anticipada de un inmueble; sin previo desahucio; y la incorporación de un artículo que contiene hipótesis especiales de procedencia de la nueva medida precautoria.
La moción cumple su segundo trámite constitucional , y ahora debe ser analizada en general por la Sala del Senado.