Regulación de tasas de intercambio de tarjetas a ley
19 de Mayo 2021 | Publicado por: Javier Ochoa - Comunicado de Prensa
La propuesta norma los cobros que pueden efectuar los emisores de tarjetas y la entidad encargada de efectuar el proceso de recolección de los fondos al momento de realizar una compra.
Respaldando los cambios realizados por la Cámara Baja al proyecto que fija las tasas de intercambio máximas a ser cobradas por los emisores en el mercado de medios de pago a través de tarjetas de crédito, débito y prepago, la Sala aprobó –por unanimidad- la última versión del texto.
Con este resultado, la iniciativa queda en condiciones de ser promulgada como ley. Ahora la Cámara Baja tomará conocimiento de la aprobación realizada por el Senado.
La norma apunta a establecer condiciones tarifarias orientadas a la existencia de un mercado de tarjetas competitivo, inclusivo, transparente y con fuerte penetración y que, asimismo, considere el resguardo del eficiente y seguro funcionamiento del sistema de pagos minoristas.
En la práctica, hoy se deja al mercado la regulación de los límites de las tasas que se pueden cobrar entre un emisor de tarjetas, como puede ser un banco, y la entidad encargada de efectuar el proceso de recolección de los fondos al momento de realizar una compra.
La normativa precisa que, para los efectos de este proyecto de ley, se entenderá por “tasa de intercambio”, cualquier tipo de ingreso o pago que tenga derecho a recibir un emisor de un operador, asociado directa o indirectamente a transacciones liquidadas y/o pagadas por este último, por la utilización de tarjetas emitidas por el primero, sea que los pagos correspondientes a tales transacciones se efectúen en forma directa o por intermedio del respectivo titular de marca de tarjetas.
Crea el “Comité para la fijación de límites a las tasas de intercambio”, como un organismo de carácter técnico, autónomo, que se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda, y cuya función será la determinar los límites a las tasas de intercambio aplicables a transacciones con tarjetas, entre emisores y operadores, correspondientes a la venta de bienes o la prestación de servicios por entidades afiliadas en el país, sea que los pagos respectivos se realicen en forma directa o por intermedio del respectivo titular de marca de tarjetas.