Rechazan demanda de Canteras Lonco
05 de Enero 2019 | Publicado por: Silvanio Mariani
Según el fallo, la empresa supo con la debida antelación que el proyecto debía ingresar por EIA y no por DIA.
El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, rechazó la reclamación interpuesta por Canteras Lonco S.A. en contra de la resolución de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), que rechazó ampliar el plazo de ejecución del Programa de Cumplimiento (PdC) al que estaba sometida por explotar, sin evaluación ambiental, un pozo de extracción de áridos ubicado en la comuna de Chiguayante.
El Tribunal, integrado por los Ministros Michael Hantke Domas, Sibel Villalobos Volpi y Jorge Retamal Valenzuela, concluyó que la empresa ingresó fuera de plazo dicha solicitud, por lo que la SMA se ajustó a derecho al rechazarla.
La causa se originó luego que la SMA rechazó la solicitud presentada por Canteras Lonco S.A., de ampliar el plazo para ingresar al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para reemplazar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de su actividad de extracción de áridos, comprometida en el Programa de Cumplimiento (PdC), que la SMA aprobó el año 2015.
“Que, habiendo sido notificada la Reclamante del término anticipado de la evaluación de la DIA por el SEA el 23 de marzo de 2017 (fs. 47), fluye que la fecha límite para cumplir con dicha acción era el 23 de marzo de 2018. En consecuencia, al presentar ante la SMA la solicitud de aumento de plazo para reingresar a evaluación ambiental el proyecto por medio de estudio de impacto ambiental, el 25 de abril de 2018, la Reclamante lo hizo estando el plazo vencido”, concluyó la sentencia.
Según el fallo, la empresa supo con la debida antelación que el proyecto debía ingresar por EIA y no por DIA, ya que sus propios levantamientos de información descubrieron la presencia de diferentes especies en categoría de conservación, en la misma zona en la que intervendría el proyecto.