Así funciona la “portabilidad del gas”

27 de Julio 2018 | Publicado por: Javier Ochoa
Fotografía: Contexto

La iniciativa busca ampliar la competencia y con ello lograr eventual reducción de tarifas.

“Esto nace de la necesidad de los clientes de gas residencial de poder cambiarse de proveedor”.

Así justificó el seremi de Energía, Rodrigo Torres, la iniciativa gubernamental conocida como “portabilidad de gas residencial”, haciendo un símil con la realidad en telefonía.

Esto quiere decir en la práctica que todo cliente residencial, que funcione con estanque o cañería, pueda cambiarse libremente de proveedor, a excepción quienes usen cilindro de gas licuado de 45, 15, 11, 5 y 2 kilogramos.

“La idea es abrir la competencia, lo que a la larga beneficia al consumidor, ya que se puede esperar en una rebaja de los precios a pagar”.

Cabe explicar que las empresas distribuidoras deberán entregar toda la información necesaria contenida en la norma reglamentaria para efectuar dicho cambio, y que deberán resguardar que la modificación de empresa no afecte la calidad del servicio ni las condiciones de seguridad para las personas o cosas.

Rodrigo Torres agregó que las empresas distribuidoras de gas no podrán pactar con los clientes con servicio de gas residencial cláusulas que dificulten o entorpezcan el término del contrato de servicio de gas, ni cláusulas de exclusividad o permanencia mínima que excedan el plazo de dos años, contado desde el inicio de suministro, o de cinco años para los nuevos proyectos inmobiliarios o en caso de conversiones de un tipo de gas a otro”.

Además, los clientes podrán poner término libremente a cualquier contrato de servicio de gas existente si éste tiene una antigüedad anterior al 9 de febrero de 2012. Los contratos suscritos entre el 9 de febrero de 2012 y el 9 de febrero de 2017 mantendrán la exclusividad o permanencia solo por el periodo que reste para completar los cinco años, o por el plazo menor que hubiese sido pactado.

Los clientes podrán realizar la solicitud de cambio de empresa en las sucursales de atención de público, en los sitios web de la nueva empresa distribuidora de gas, o presencialmente ante un representante de la compañía en terreno.

Asimismo, los clientes podrán cambiarse de empresa de gas licuado abastecido por tanque a otra empresa de gas licuado; o de empresa de gas natural a una empresa de gas licuado o de empresa de gas licuado a empresa de gas natural.

Para el caso particular de edificios y condominios, la empresa distribuidora existente no podrá negarse a efectuar el cambio de empresa distribuidora invocando la existencia de obligaciones morosas de alguno o algunos de los clientes.

Procedimiento

El proceso de cambio de empresa de gas para condominios, edificios o viviendas particulares se inicia con una “solicitud de cambio” por parte del cliente ante la  nueva empresa distribuidora de gas, a través de un “formulario de solicitud de cambio” que debe estar disponible en las sucursales de atención de público, o en los sitios web de la nueva empresa distribuidora de gas.

La nueva empresa distribuidora deberá entregarle al cliente interesado una copia de la solicitud de cambio como respaldo.