Colegio de Contadores y tributaristas dicen que este proceso será uno de las más difíciles de los últimos 30 años. La devolución o declaración puede entramparse y atrasar aún más los retornos.
Falta muy poco para iniciar la Operación Renta año tributario 2018 y existen importantes cambios que deben considerar las empresas, y que finalmente afectarán a sus dueños, socios o accionistas, según el régimen que hayan elegido.
Lo anterior porque es la primera operación renta con plena vigencia, desde el 01 de enero 2017, de la reforma tributaria, lo que se ha iniciado con planteamientos como son, nuevas reformas tributarias antes de seis meses, postergación en las fechas de declaraciones juradas y la no postergación de la Operación Renta 2018.
Cristian Maldonado, CEO y gerente general de la empresa penquista Fintax Consultores, especializada en temas contables y tributarios, elaboró más de 10 puntos claves para ser considerados por contribuyentes empresarios y personas naturales, de los cuales presentamos los 7 más relevantes.
Existen aspectos muy importantes que los contribuyentes deben conocer para su declaración de impuesto a la renta 2018, de los cuales podemos considerar los siguientes:
Se debe considerar que la Operación Renta se inicia el 01 de abril, quienes elijan depósito bancario podrán recibir hasta 20 días antes su devolución de impuestos, quienes declaren entre el 01 y el 20 de abril, podrán recibir su devolución el 11 de mayo, quienes lo hagan entre el 21 y 26 de abril, les llegará el 18 de mayo, y por último, los rezagados, entre el 27 de abril y 09 de mayo, les llegará el 25 de mayo. En modalidad cheque, la devolución es sólo el 30 de mayo.
La información contable, se debe distinguir de la tributaria, porque de esa manera se solicita en las distintas Declaraciones Juradas y en el mismo Formulario 22, no es lo mismo el Patrimonio Financiero que el Patrimonio Tributario (Capital Propio Tributario), este último que hoy día cobra relevancia de la determinación del saldo de las rentas afectas a impuesto del régimen parcialmente integrado.
Tal como han señalado el Colegio de Contadores y tributaristas, esta Operación Renta será una de las más difíciles de los últimos 30 años, por el desconocimiento que aún existe a la fecha, porque el tiempo pasa y se hace poco, y porque finalmente su devolución o declaración, puede quedar entrampada a la espera de que solucione sus problemas de la operación renta.
El SII, con la información previa que tiene en los formularios declarados mensualmente, las declaraciones juradas anuales, puede preparar una propuesta de declaración de renta, pero eso no significa que esté correctamente preparada, porque en el fondo ellos vacían la información entregada por usted y como contribuyente es el responsable final.
El SII sabe que es complejo este año, por lo que finalmente flexibilizó las fechas de las declaraciones juradas a petición del Colegio de Contadores, y también puso a disposición de los contribuyentes algunos asistentes, pero todo lo anterior no será fácil si no lo ha realizado con tiempo o al menos entiende lo que se necesita conocer para esta operación renta.
Producto de la reforma, nos quedamos con el régimen de renta atribuida, régimen parcialmente integrado, (14 ter letra A) (simplificado) y el de renta presunta, pero entre ellos la forma en que terminan pagando los impuestos finales es distinto, unos son de atribución y otro de retiros, dividendos o remesas, con tasas y formas de determinar la base de sus impuestos que pueden ser distintas según la Ley sobre impuesto a la renta.