Avanza la tramitación de la ley que busca perfeccionar la regulación del cobro de estacionamientos en clínicas, aeropuertos, supermercados y centros comerciales y que busca, entre otros puntos, la gratuidad en la primera media hora con extensión a 120 minutos previa comprobación de consumo por sobre o igual a un cuarto de una Unidad Tributaria Mensual (UTM), unos $11.600 actuales.
Efectivamente, la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley que perfecciona la regulación, en el contexto de la Ley del Consumidor, por lo que, tras las indicaciones recibidas, ahora vuelve a la comisión de Economía.
La normativa propuesta establece este ítem de gratuidad sin condiciones. Transcurridos los primeros 30 minutos, las empresas deberán garantizar 30 minutos más a aquellos consumidores que acrediten haber consumido, al menos, un octavo de una UTM ($5.700 aprox.).
Y el periodo liberado se extendería hasta 120 minutos para aquellos consumidores que acrediten la adquisición de bienes o servicios por un valor igual o superior a un cuarto de UTM ($11.600 aprox.).
Los proveedores deberán exhibir en los lugares de pago del servicio de estacionamientos, el valor correspondiente a la UTM y el equivalente a un cuarto y un octavo de la misma, el que deberán actualizar antes de las 9:00 horas del primer día de cada mes.
Superados estos períodos, las empresas sólo podrán cobrar por minuto efectivo de permanencia, quedando prohibido el cargo por rangos o tramos de tiempo, sin que se pueda redondear la tarifa al alza.
Asimismo, se insiste en la obligatoriedad de exhibir en forma visible el listado de los derechos y obligaciones establecidos en la ley, haciendo mención al derecho del consumidor de acudir al Sernac o al juzgado de policía local competente en caso de infracción.
Y en caso de pérdida del comprobante de ingreso por parte del consumidor, el proveedor debe consultar sus registros para determinar el tiempo efectivo de utilización del servicio, y cobrar la tarifa correspondiente. Queda prohibido cobrar una tarifa prefijada, multas o recargos. En este caso, el proveedor deberá solicitar al consumidor cualquier antecedente que haga posible identificar al dueño del vehículo.
Si bien el director regional del Sernac, Juan Pablo Pinto, no quiso referirse en específico a los cambios toda vez que aun no son ley y son materia de discusión, sí enfatizó su apoyo a toda iniciativa que vaya en favor de los derechos de los consumidores.
En paralelo, entregó información de los reclamos que se han presentado a partir de la entrada en vigencia de la nueva ley de estacionamientos en febrero pasado, dejando entrever las falencias de ésta, en especial, en lo relacionado a robos y hurtos al interior de los aparcaderos, precisamente, un punto sensible de la nueva regulación y que acapara la mayor tasa de reclamos a la fecha.
“A la fecha, se han recibido 2.363 reclamos a nivel nacional en relación a estacionamientos, y en la Región del Bío Bío 162 (7%), siendo robo y hurto al interior los que concentran la mayor cantidad.
Por su parte, la directora del Programas Advance de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad San Sebastián, Karin Bravo, estimó que, sin duda, las modificaciones a la normativa que regula actualmente el cobro de estacionamientos debieran beneficiar a los consumidores. Esto debido a que el actual proyecto de ley fija un periodo de gratuidad para el servicio de estacionamiento que prestan centros comerciales, supermercados, aeropuertos y similares. En la actualidad, por ejemplo, en los mall de Concepción y Talcahuano, no existe paridad en el cobro de este servicio. Mientras el mall Mirador no cobra por sus servicios de estacionamiento, el mall del Centro y del Trébol sí lo hacen: mall del centro cobra por minuto efectivo, y el mall del Trébol entrega 30 minutos gratis”.
En el caso del mall del Centro, añadió, la decisión se justifica por encontrarse en pleno centro de la ciudad y, en caso de no cobrar, se haría cargo del estacionamiento de personas que no necesariamente concurren a las tiendas de sus instalaciones. En todo caso, permite periodo de gratuidad cuando se acredita consumo en el supermercado y cine”, recordó.