Por redes sociales circuló el caso de un particular que solicitó un certificado de donación por la campaña del vuelto, sin embargo, la institución negó ese documento. Hogar de Cristo y Techo para Chile evaluaron sistema de aporte.
Ante la polémica surgida a través de redes sociales respecto de un particular que solicitó un certificado de donación al haber entregado su vuelto a un supermercado, Alfonso Valdés, ex abogado del Servicio Impuesto Internos, y actual miembro de VMJ Auditores Consultores, aclaró que “los beneficios tributarios de las donaciones realizadas sólo favorecen a los donantes, calidad que no tienen los supermercados en este caso”.
Al mismo tiempo, Valdés afirmó: “aún más, desde el punto de vista tributario, las empresas deben abrir cuentas especiales en su contabilidad, donde deben registrar las donaciones recibidas del público y las sumas entregadas a las instituciones beneficiarias”.
Labor de las fundaciones
Por su parte, el capellán del Hogar de Cristo, Pablo Walker, quien representa una de las instituciones que ha trabajado con el sistema de apoyo a través de donaciones por muchos años, evaluó positivamente el sistema, pero sin olvidar el contexto de desconfianza existente hoy en la ciudadanía, dados los últimos acontecimientos.
“Este tipo de modalidad es muy relevante desde el punto de vista de hacer sostenible el trabajo de muchas fundaciones, no sólo la nuestra, además funciona como una suerte de pedagogía que va progresivamente involucrando a la ciudadanía en relación a las obras que desarrollan las fundaciones”, explicó Walker.
El capellán del Hogar de Cristo apuntó además a que “existe una señal ciudadana muy potente respecto de que la solidaridad no es una moneda que se entrega haciendo fila en el supermercado, sino que implica más bien sentirse atado al destino de tu gente y tomar partido en la reparación de derechos y la transformación de las instituciones”.
Requerido acerca de la conducta que tuvo el particular, al pedir el certificado de donación al supermercado, comentó: “en primer lugar, el que dona no es el supermercado, es la persona que dona su dinero, donde muchas veces la cajera hace una labor de voluntariado, para ello en muchas boletas aparece que es una donación y que tiene una cuenta aparte, donde el que ayuda es fundamentalmente el cliente y la trabajadora, lo que hace el supermercado es facilitar la infraestructura”.
Otro punto importante que abordó el padre Walker es que “uno entiende también que existe un contexto de desconfianza que es creciente, donde resalta el concepto de la post verdad que es aquello que necesito creer para no sentirme incomodado en mis prejuicios entonces la persona necesita creer que todos los supermercados la están defraudando para no verse incomodada en su prejuicio, indignación o irritación a veces justificada por los abusos que sí han habido”.
Por su parte, Nicolás Villanueva, director regional de un Techo para Chile al ser consultado respecto de cómo evaluaba el sistema de la campaña del vuelto par recaudar fondos para instituciones de beneficiencia, contestó: “en general me parece que es un buen sistema, por cuanto se trata de recursos que van en directo beneficio de los sectores más vulnerables de la sociedad”.
Lo que dice la Ley
Alfonso Valdés, abogado de VMJ, una empresa que da asesorías en temas tributarios, respondió además otras consultas de Diario Concepción.
– ¿El supermercado descuenta impuestos por cada usuario que dona su vuelto?
– El supermercado no puede descontar impuestos por esta vía en orden a que sólo juega un rol de intermediario, entre el verdadero donante y la institución de beneficencia.
– ¿Las personas particulares pueden descontar impuestos por concepto de donaciones?
– Efectivamente, en nuestra legislación se contempla esta posibilidad en algunos casos, es decir, que particulares, que no desarrollan actividades empresariales, puedan rebajar impuestos en las situaciones mencionadas en la ley. Esto, en la práctica se concreta en un menor pago del impuesto global complementario o del impuesto al trabajo dependiente o independiente al que se encuentra afecto el particular. Es el caso por ejemplo, de las donaciones con fines culturales, las que se realizan a la Corfo y las que favorecen al Estado, entre otras.
– ¿Qué situaciones contempla actualmente la ley para que empresas o instituciones puedan descontar impuestos por donaciones?
– El beneficio tributario para el donante consiste en la posibilidad de descontar, para los efectos del pago de los impuestos a la renta, una parte o el total de la donación realizada. Lo anterior se concreta, ya sea rebajando el monto donado como gasto o bien haciéndolo valer como crédito contra el impuesto. Las leyes que contemplan beneficios tributarios por este concepto son muy numerosas. Entre ellas, destacan las realizadas con fines educacionales, las que favorecen a bomberos, centros de menores, bibliotecas, asilos de ancianos, clubes deportivos y muchas más. En el fondo se pretende alcanzar un fin social o altruista.
– ¿Los restoranes que donan comida?
– Dada su calidad de bien mueble, en los casos en que se autoriza este tipo de donación, podrían acceder a la franquicia, cumpliendo con la doble condición de registro en el ejercicio respectivo y anotación en los registros contables de la donante.