Economía y negocios

Domingo es feriado legal por las municipales 2016

Está sujeto a trabajadores del comercio con misma razón social. Si empresas no cumplen, arriesgan multas cercanas a los $2 millones.

Por: Diario Concepción 21 de Octubre 2016
Fotografía: imagenPrincipal-1962.jpg

Está sujeto a trabajadores del comercio con misma razón social. Si empresas no cumplen, arriesgan multas cercanas a los $2 millones.

Felipe Placencia Soto
felipe.placencia@diarioconcepcion.cl

Debido a las elecciones municipales que se realizarán este domingo 23 de octubre, el director de la Dirección del Trabajo Bío Bío, Paulo Otárola, recordó que la fecha está considerada como feriado legal. Esto quiere decir que los complejos o centros comerciales regidos por una misma razón social o personalidad jurídica deberán permanecer cerrados.

La autoridad informó que "los trabajadores de aquellos centros comerciales que cerrarán el 23 de octubre de 2016, el descanso comienza a las 21:00 horas del día sábado 22 y los dependientes pueden reintegrarse a sus labores no antes de las 06:00 horas del lunes 24, salvo las alteraciones horarias que se produzcan con motivos de la rotación de los turnos". Agregó que "en el caso de los trabajadores de hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares, a más tardar a las 00:00 horas debe iniciarse el descanso".

Respecto a los trabajadores de cualquier sector económico que el 23 de octubre deban trabajar y que no estén exceptuados del descanso, la ley les permite contar con un permiso de dos horas para concurrir a sufragar si así lo deciden y que dicho permiso legal no podrá ser descontado de las remuneraciones. Lo mismo para quienes deban ejercer como vocal de mesa, quienes tendrán la disposición del día.

"Por no otorgar el descanso y no iniciarlo a las 21:00 horas y no finalizar las labores realizadas en el día anterior al día de descanso a más tardar a 00:00 horas, tratándose de hoteles y restaurantes y similares, dependiendo del número de trabajadores, la multa puede ascender hasta 60 UTM, esto es, $2.760.000", indicó Otárola.

Por no permitir ausentarse dos horas para ejercer el derecho a sufragio, la multa puede ascender hasta 40 UTM, equivalente a $1.840.000.

Misma cantidad se aplicará por no dar permiso para ejercer como vocal de mesa.

Etiquetas

Notas Relacionadas