Economía y negocios

Prevén emisión de nuevas circulares aclaratorias de la Reforma Tributaria

Presidente del Colegio de Contadores coincidió con abogado Senior Manager del Departamento Legal y Tributario de Pricewaterhouse Coopers en que aún no existe claridad suficiente respecto de la nueva regulación impositiva.

Por: Diario Concepción 06 de Agosto 2016
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Presidente del Colegio de Contadores coincidió con abogado Senior Manager del Departamento Legal y Tributario de Pricewaterhouse Coopers en que aún no existe claridad suficiente respecto de la nueva regulación impositiva.
 

Edgardo Mora Cerda
edgardo.mora@diarioconcepcion.cl

 

Pese a que el Servicio de Impuestos Internos (SII) informó el cierre del proceso de emisión de circulares aclaratorias de la Reforma Tributaria y la "Ley de simplificación", Juan Alarcón, presidente del Colegio de Contadores de la Región del Bío Bío, estimó que restan puntos por explicar por lo que tendrán que seguir emitiéndose circulares.

En relación a la última emisión correspondiente a la número 49 del SII, el líder gremial, señaló que "claramente no es simplificadora".

A lo anterior se suma lo planteado ayer por el ex ministro de Hacienda y director de Clapes, Felipe Larraín y el ex consejero del Banco Central y actual investigador de Cieplan, Manuel Marfán en torno a la necesidad de introducir nuevos cambios en el sistema impositivo que permitan impulsar el ahorro, la inversión y el crecimiento.

Alarcón explicó que la circular 49, "sólo clarifica un poco más la forma de las tributaciones, pero los registros ya están dados y esos son los que van a complicar para formar las rentas".

Consultado acerca de cuáles serán los regímenes más sugeridos tanto para las grandes empresas como para las Pymes, según lo dispuesto en la última circular del SII, el profesional respondió que "ya está bastante más claro qué régimen debiera elegirse para cada caso particular, por ejemplo, el 14 A de Renta Atribuida tiene la ventaja de pagar menos impuestos, en cambio, para el caso de grandes empresas, el 14 B corre con ventajas".

Requerido respecto de la realidad de las Pymes, el titular del gremio de los contadores, sugirió el 14 A , "pero se abrió un gran horizonte ahora con el 14 Ter que está vinculado con el FUT que puede tener cada empresa".

Finalmente, "debe evaluarse cada caso en forma particular", enfatizó Alarcón.

Por su parte, Hugo Tapia Krug, abogado y Senior Manager del Departamento Legal y Tributario de PricewaterhouseCoopers, al formularle la pregunta de si a su juicio estima que existe claridad suficiente respecto de las materias que aborda la Reforma Tributaria como para cerrar el proceso aclaratorio, contestó: "En ningún caso existe claridad suficiente. Hay que tener en cuenta que la circular que tiene 209 hojas e interpreta un solo artículo de la Ley de la Renta, es la primera interpretación que existe sobre una materia que recién entra en vigencia a contar del año 2017. Es indudable que se generarán muchos problemas prácticos, no resueltos en la circular, y que una vez que entre en vigencia la normativa, el SII emita nuevos oficios e interpretaciones sobre la materia".

Ante la consulta de si es realmente simplificadora la ley en cuanto a los nuevos regímenes de renta atribuida y parcialmente integrado, Tapia señaló que "la ley 20.899 simplifica en gran medida los regímenes de renta atribuida y parcialmente integrado, pero sólo en relación a la redacción original que tenía la Ley 20.780. El primer texto de la reforma incorporado por la ley 20.780 era mucho más complejo, y la Ley 20.899 en ese sentido lo simplificó. En todo caso, bajo ningún punto de vista se puede decir que los nuevos sistemas son más simples que el FUT".

En tanto, Iván Lazo, contador de Lazo & Asociados, indicó que "no es de extrañar que en el futuro se sigan emitiendo circulares que aclaren aspectos de dicha reforma, por tanto, creo que existirán muchas circulares aclarando tópicos de esta reforma", sentenció.

En relación a si la circular número 49 es simplificadora o no, Lazo afirmó que "Más que simplificadora la Circular entrega toda la información necesaria para la imputación de utilidades y créditos que tienen que hacer los contribuyentes de primera categoría por las utilidades generadas, tomando en consideración que durante lo que queda de este año, todos los contribuyentes de 1ª categoría tienen que definir el régimen de distribución de utilidades a adoptar , sea Rentas atribuidas Art. 14 o Semi integrado Art. 14 B, lo importante es que esta circular aclara una modificación que tuvo la reforma en lo que dice relación con la distribución y asignación de las utilidades".

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