El llamativo cambio reglamentario que anticipa una “guerra de denuncias” en Segunda División
27 de Agosto 2024 | Publicado por: Ricardo Cárcamo
Para evitar esto, se había establecido que no se podían recibir acusaciones antiguas, sólo de un periodo reciente, como detallan las bases de la propia categoría. Sin embargo, en junio pasado se añadió un párrafo en el reglamento de la Anfp que promete abrir una caja de pandora en la serie.
En Segunda División, el “escritorio” ha terminado definiendo ascensos, descensos y descuentos de puntos. Una historia que sustentaba principalmente porque, de acuerdo a la normativa, se permitía hacer denuncias con faltas antiguas, incluso de años. Algo que se buscó cambiar dando lugar a procesos sólo con irregularidades en un margen temporal acotado, como señala el mismo reglamento de la categoría. Sin embargo, en junio pasado, el consejo de presidentes modificó el reglamento de la Anfp, dando pie a que se pueda generar, otra vez, una guerra de denuncias en la serie.
Las bases de Segunda, en su Título xv “De la vigencia y de la prescripción”, en su artículo 77 titulado “De la prescripción de las acciones” señalan: “Salvo norma expresa en un sentido diverso, el plazo para presentar las denuncias sobre infracciones establecidas en las presentes Bases prescribirá transcurridos 5 días hábiles contados desde la comisión de la infracción”. Es decir, se establece un plazo acotado para denunciar, algo que cambió en junio pasado.
¿Por qué se cambió el reglamento?
Hasta el 11 de junio de 2024, en el Título XV “De los dirigentes”, se mencionaba lo siguiente en el ítem 4, titulado “De las sanciones y su procedimiento”, Artículo 172º: “Corresponderá a los Órganos Jurisdiccionales, conocer y sancionar todas las infracciones a los Estatutos, Reglamentos y bases de las competencias de la Asociación que cometan los dirigentes de ella y de los clubes, de acuerdo a las disposiciones del Estatuto y del Código de Procedimiento y Penalidades”.
Todo se mantiene actual en la nueva versión, que rige desde el 12 de junio de este año, salvo que al artículo 172° se le añadió lo siguiente: “Las denuncias o requerimientos por las infracciones que se encuentran contenidas en el presente Reglamento prescribirán en el plazo de dos años, contados desde la comisión del hecho constitutivo de infracción”.
Ello, tal como pasó antes, da lugar a que se presenten denuncias de hechos ocurridos hace dos años, lo que sin dudas puede cambiar el panorama del campeonato de Segunda, que seguramente se terminará de jugar fuera de la cancha.