Dopaje en el deporte: La gran trampa que amenaza siempre a la alta competencia

20 de Enero 2020 | Publicado por: Samuel Esparza
Fotografía: Agencia UNO

La suspensión del tenista nacional, Nicolás Jarry, a raíz del consumo de sustancias prohibidas, trajo a primera línea uno de los principales azotes que hay en el ámbito deportivo mundial. ¿Qué es el doping y cómo ha evolucionado su combate?

La noticia golpeó fuerte en mitad de semana al ambiente deportivo nacional: Nicolás Jarry, segundo mejor tenista del país, era suspendido provisionalmente por la Federación Internacional de Tenis (ITF) debido al uso de “sustancias prohibidas”. Según lo informado por el organismo, el deportista se sometió a dos controles en Madrid durante la Copa Davis, el segundo de los cuales (del 19 de noviembre) dio positivo “por presencia de metabolitos de estanozolol y ligandrol”, componentes anabolizantes prohibidos en la Lista de Prohibiciones de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).

El hecho, no solo supuso un frenazo a la incipiente carrera de la joven raqueta de 24 años, sino también enlodó inesperadamente a una familia respetada por el mundo del tenis como los Fillol, y a todo el deporte blanco chileno que por primera vez en su historia tiene que convivir con el resultado analítico adverso en una prueba de este tipo.

Casos como estos son cada vez más comunes y también condenados en la alta competencia. Valga ejemplificar con el duro castigo sufrido por Rusia en diciembre pasado, cuando fue suspendida por la AMA para competir en cualquier evento deportivo internacional en los próximos cuatro años, incluidos los Juegos Olímpicos de Tokio, después de que se demostrara que había manipulado muestras en las pruebas antidopaje de sus atletas entre 2012 y 2015.

Pero, ¿qué es el doping? ¿por qué es sinónimo de sanción?, ¿qué criterios se utilizan a la hora de definir las sustancias prohibidas para los deportistas? y ¿cuál es la forma en que estos se informan de las modificaciones en la lista de sustancias antirreglamentarias?

Tan antiguo como el deporte

Según el Portal Iberoamericano para la Lucha contra el Dopaje (Pild), la palabra derivaría del término holandés “Dop”, el nombre de una bebida alcohólica hecha de piel de uva y usada por los guerreros zulú para mejorar sus destrezas en batalla; el término entró en uso en el siglo XX, refiriéndose a las sustancias ilegales en carreras de caballos.

El Comité Olímpico Internacional (COI) entrega una definición señalando que, en el ámbito deportivo, “se denomina dopaje a la utilización de fármacos o de cualquier sustancia estimulante con el objetivo de potenciar el rendimiento”.

El organismo agrega que, el concepto, “engloba aquellas técnicas, métodos o sustancias que se utilizan con el fin de mejorar el rendimiento deportivo y que van en contra de la ética deportiva y/o de la propia salud física o psíquica del deportista”.

En cuanto a su historia, el Pild sostiene que el doping es tan viejo como el deporte. “Los antiguos deportistas griegos eran conocidos por el uso de dietas especiales y pociones estimulantes para fortalecerse. En el siglo XIX, con frecuencia, los ciclistas y otros deportistas de resistencia utilizaban estricnina, cafeína, cocaína y alcohol para mejorar sus capacidades”.

En 1928 -sigue señalando la entidad- la Iaaf (Federación Internacional de Atletismo) fue la primera federación deportiva internacional en prohibir el dopaje, siendo imitada por muchas otras, pero las restricciones no eran efectivas ya que no se realizaban controles. La muerte del ciclista danés Knud Enemark Jensen en los Juegos Olímpicos de Roma 1960 (la autopsia reveló rastros de anfetamina) aumentó la presión sobre las autoridades deportivas para incorporar controles de sustancias.

En 1966, UCI (ciclismo) y Fifa ( fútbol) se convirtieron en las primeras federaciones en incorporar controles de dopaje en sus campeonatos mundiales y, al año siguiente, el COI creó su comisión y la primera lista de sustancias prohibidas. Los controles se introdujeron en los Juegos Olímpicos de Invierno de 1968 y en los Juegos Olímpicos de México en 1968.

Sin embargo, no fue hasta 1988 cuando se produjo el caso más famoso protagonizado por el velocista Ben Johnson, quien dio positivo por esteroide anabólico en los Juegos Olímpicos de Seúl, centrando la atención mundial en el tema dopaje a un nivel sin precedentes.

Con el tiempo, se fueron desarrollando nuevas formas de doping – ver recuadro- como el realizado a través de sangre (extracción y posterior transfusión de sangre para aumentar el nivel de hemoglobina que transporta oxígeno), hormona de crecimiento (aumenta masa muscular y disminuye la grasa corporal) y el dopaje genético (uso no terapéutico de células, genes, elementos genéticos con capacidad de mejorar el rendimiento deportivo). Fórmulas cada vez más complejas y difíciles de rastrear, y que llevaron a protocolizar definitivamente el tema.

Ilustración: Andrés Oreña P.

Nace la AMA y su lista

Ante este panorama, en noviembre 1999 y por iniciativa del COI, se creó la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) “con el objetivo de promover y coordinar la lucha contra el dopaje en el deporte a nivel internacional, con el apoyo y la participación de organizaciones intergubernamentales, gobiernos, autoridades públicas y otros organismos públicos y privados que luchan contra el dopaje en el deporte”.

Sus actividades clave incluyen investigación científica, educación y desarrollo de capacidades antidopaje. Aunque su función más reconocida pasa por el monitoreo del Código Mundial Antidopaje, “documento que armoniza las políticas antidopaje en todos los deportes y todos los países”, y que incluye la lista de medicamentos prohibidos en el deporte competitivo.

De acuerdo al presidente de la Comisión Nacional de Control de Dopaje (Cncd), Jorge Cancino, los criterios para que la sustancia esté en la lista son: “que se demuestre que produce un incremento en el rendimiento de un deportista de manera tal que le permita sacar ventaja deportiva por sobre el que no la utiliza, que ponga en riesgo la salud del deportista y que viole el espíritu del deporte”, precisa.

Esta nómina de sustancias es elaborada por un equipo multidisciplinario y renovada anualmente de acuerdo a los nuevos estudios, tal como complementa Roberto Dagnino, secretario ejecutivo de la Cncd. “Existe un Grupo de Expertos de la Lista de Prohibiciones, responsable de entregar al Comité de Salud, Medicina e Investigación de la AMA, consejos, recomendaciones y directrices en materia de gestión, preparación y publicación anual del Estándar Internacional para la Lista de Sustancias Prohibidas”.

Dagnino añade que, “previo a la publicación de la lista, su último borrador es difundido en junio de cada año en la comunidad científica antidopaje mundial para recoger sugerencias, críticas y/o aportes. La lista definitiva se publica oficialmente la última semana de septiembre o primera de octubre para que las organizaciones deportivas tengan tiempo de socializarla con sus adherentes, antes de que entre en vigor el 1 de enero del año siguiente”.

Consultada al respecto, fue la propia Agencia Mundial Antidopaje quien profundizó en este último aspecto. “Este es un extenso proceso de consulta de nueve meses que incluye la recopilación de información del grupo de expertos y la confección de un borrador teniendo en cuenta las presentaciones de sus interesados, seguido de la revisión del Comité de Salud, Medicina e Investigación (HMR) de la agencia. El HMR luego hace su recomendación al Comité Ejecutivo de la AMA que aprueba la lista durante su reunión de septiembre, la que debe estar armonizada con todos los deportes”.

Y añade, “es importante tener en cuenta que la lista no es estática, sino que evoluciona en función de la nueva evidencia científica; por lo tanto, la AMA mantiene un diálogo con atletas, administradores, expertos científicos y otras partes interesadas, y sigue de cerca la literatura científica para obtener nueva evidencia e información a medida que esté disponible”.

Según adiciona Jorge Cancino, la lista de prohibidos así como la información completa es abierta a todo público, y los cambios se hacen extensivos a través de la página mundial de la AMA y de las comisiones antidopaje de cada país, por lo que es resorte de cada deportista estar informado. Es la manera en que los competidores se informan de las sustancias que pueden o no consumir.

“De momento que un deportista ingresa a la alta competencia sabe que puede ser controlado por ende, junto a su equipo de apoyo, deben estar al tanto de toda la información necesaria respecto a esta lista porque no es una información que se esconda y resulta fundamental para que no caigan en errores. Por ejemplo, usando algún fármaco para la gripe que pudiese tener alguna sustancia que está penalizada como la efedrina o la seudofedrina. La responsabilidad primera y última es del deportista, él arroja la muestra y se asume que consumió la sustancia sabiendo que no debería hacerlo”, asevera.

Ilustración: Andrés Oreña P.

El partido que le resta a Jarry

En las últimas horas, numerosas han sido las muestras de apoyo para Nicolás Jarry, desde colegas de profesión como Gonzalo Lama y Fernando González, hasta la propia Federación Chilena de Tenis, quien emitió un comunicado respaldándolo “irrestrictamente” luego de su sanción. Incluso el Comité Olímpico de Chile, en persona de su presidente Miguel Ángel Mujica se reunió con el jugador, comprometiéndose a colaborar en su defensa.

Lo cierto es que la suspensión provisoria restó al tenista de importantes eventos como el Abierto de Australia, primer Grand Slam del año, el ATP de Santiago y la serie de Copa Davis ante Argentina, por lo que todos sus esfuerzos estarán enfocados a trabajar en su defensa que irá dirigida en demostrar que el anabólico entró a su organismo a través de un suplemento vitamínico contaminado.

En este aspecto, Jorge Cancino es claro al indicar que Jarry deberá demostrar con pruebas concluyentes que el consumo fue fortuito. “ Si se produjo por contaminación tendrá que ser capaz de probar que consumió algún producto que en el etiquetado no tenía declarada ese componente, pero no basta con señalarlo sino que necesita comprobarlo fehacientemente ante el tribunal. Ha habido casos similares, recuerdo la situación del ciclista Alberto Contador que fue encontrado con Clenbuterol producto de haber consumido carne contaminada. Ahí se confirmó que la sustancia se utilizaba como elemento ayudante en la engorda del ganado y pequeñas cantidades quedaban en la carne; no es fácil, pero se puede demostrar”, concluye.